Aceptacion y repudiacion de la herencia
Larepudiación de la herencia es el acto jurídico unilateral, libre, indivisible, puro y simple, irrevocable, con efectos retroactivos, por el cual el heredero o legatario voluntariamente y de maneraexpresa impide la transmisión de bienes por causa de muerte.
La capacidad para aceptar o repudiar son los que tienen la libre disposición de sus bienes, entendiéndose que son los mayores de edad, que nose encuentran incapacitados.
Artículo 1653. Pueden aceptar o repudiar la herencia todos los que tienen la libre disposición de sus bienes.
Artículo 24. El mayor de edad tiene la facultad de disponerlibremente de su persona y de sus bienes, salvo las limitaciones que establece la ley.
Las personas morales pueden aceptar o repudiar a través de sus representantes, pero si se trata de personas decarácter oficial, no pueden repudiar sin autorización judicial
Artículo 1329. La herencia o legado que se deje a un establecimiento público, imponiéndole algún gravamen o bajo alguna condición, soloserán validos si el gobierno los aprueba.
Artículo 1668. Las personas morales capaces de adquirir pueden, por conducto de sus representantes legítimos, aceptar o repudiar herencias; pero tratándosede corporaciones de carácter oficial o de instituciones de asistencia privada, no pueden repudiar la herencia, las primeras, sin aprobación judicial, previa audiencia del ministerio público, y lassegundas, sin sujetarse a las disposiciones relativas de la ley de instituciones de asistencia privada para el distrito federal.
Los establecimientos públicos no pueden aceptar ni repudiar herencias...
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