aclaracion circular 2345
32348-2013
ORO.
ANT.
ORO. W 4.611, de 2 de diciembre de 2013, de Ia Oirectora
del Trabajo.
MAT.
Accidentes del trabajo graves. lnforma al respecto.
FTES.Leyes W 16.395, W 16.744 y W 20.123.
CONC.:
Circulares Ws. 2.378 y 2.345, ambas de 2007, de esta
Superintendencia. ORO. W 8.160, de 7 de febrero de 2011,
de esta Superintendencia.
DESUPERINTENDENTA DE SEGURIDAD SOCIAL
A
SENORA
DIRECTORA DEL TRABAJO
1.
Mediante el oficio citado en Antecedentes, Ud. ha planteado a esta Superintendencia que, al interior
de esa Oirecci6n sehan presentado dudas y diferencias de criterio en Ia aplicaci6n de algunos
conceptos empleados en Ia definici6n de Accidents del Trabajo Grave, establecidos en Ia Circular W
2.345, de Concordancias,por lo que se ha estimado oportuno solicitar que se efectuen algunas
precisiones al respecto. Senala que uno de los criterios establecido para considerar que un
accidents del trabajo es grave, esque "provoque, en forma inmediata, Ia amputaci6n o perdida de
cualquier parte del cuerpo"; a modo de ejemplo, plantea lo que sucedi6 en relaci6n con un accidents
del trabajo ocurrido a un trabajadorde un contratista en una planta de ENAP con fecha 27.07.2013,
oportunidad en que el fiscalizador de ese Servicio habrfa calificado inicialmente el accidents como
"leve" y posteriormente, lo habrfacalificado de "grave".
Asimismo, se remite una lista de lesiones para las que solicita se precise si se deben considerar
c6mo "accidentes del trabajo graves": 1) Perdida de ojo; 2) Perdida parcial ototal del pabell6n
auricular; 3) Perdida de parte de Ia nariz sin compromise 6seo y con compromise 6seo; 4) Perdida
de parte o trozo de labio; 5) Perdidas de piezas dentales; 6) Perdida completa delos dientes con
compromise de encfas o de mandfbula, que requiera protesis; 7) Perdida de cuero cabelludo con
compromise de partes blandas y 6seas por atrici6n de craneo; 8) Oesforramiento de...
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