Acoso laboral
Se entenderá por acoso laboral toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquicoinmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducirla renuncia del mismo. “Se da importancia al termino persistente y demostrable (carácter público).La Ley de Coso Laboral, no es aplicable a en el ámbito de las relaciones civiles y/o comerciales(Contratos de Prestación de Servicios), en los cuales no hay relación jerárquica o subordinación., ni se aplica a la contratación administrativa.
Modalidades de Acoso laboral
Maltrato laboral:Todo acto de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y los bienes de quien se desempeñe como empleado o trabajador.
Toda expresión verbal injuriosa o ultrajante quelesione la integridad moral o los derechos a la intimidad y al buen nombre de quienes participen en una relación de trabajo.
Todo comportamiento tendiente a menoscabar la autoestima y la dignidadde quien participe en una relación de trabajo.
Persecución laboral: Toda conducta cuyas características de reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir larenuncia de empleado trabajador, mediante la descalificación, la carga excesiva de trabajo y cambios permanentes de horario que puedan producir desmotivación laboral.
Discriminación laboral: Todotrato diferenciado por razones de raza, género, origen familiar o nacional, credo religioso, preferencia política o situación social o que carezca de toda razonabilidad desde el punto de vista laboral.Entorpecimiento laboral: Toda acción tendiente a obstaculizar el cumplimiento de la labor o hacerla más gravosa o retardarla con perjuicio para el trabajador o empleado. Constituyen acciones de...
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