Acreditar ISR a ISR
En el tercer post de acreditamiento veremos, ISR Trimestral acreditado a ISR Anual.
En este acreditamiento que considero de los más fáciles, es donde más dificultades se encuentran a la hora de contabilizarlo, veamos:
¿Qué es el pago trimestral? también le decimos pago a cuenta, y es porque hacemos pagos por anticipado al fisco del impuesto anual, es por ello que cuandotenemos el impuesto anual determinado le restamos los pagos que hemos hecho durante el año.
Ejemplo:
Hicimos tres pagos trimestrales durante el año por Q. 15,000.00 c/u, la contabilización de cada pago si no tenemos saldos de impuestos acreditables a ISR sería así:
ISR Trimestral Q. 15,000.00
Banco Q. 15,000.00
Al final del año tendremos ISR Trimestralpor Q. 45,000.00
En la declaración Anual nos resulta un impuesto por Q. 37,000.00, sin embargo no desembolsamos nada pues tenemos Q. 45,000.00 pagados por anticipado, es más, tenemos el derecho de cobrarle al fisco los Q. 8,000.00 excedentes.
Tomando en cuenta la partida de cierre que veremos a profundidad en otro post, la cual de manera sencilla es así:
Resultados Acumulados Q.37,000.00
ISR Definitivo Q. 37,000.00
La partida de acreditamiento después de la cierre es la siguiente:
ISR Definitivo Q. 45,000.00
ISR Trimestral Q. 45,000.00
¿Qué hacemos con esta última partida? Dejamos el saldo de ISR Trimestral a Cero "0" y el saldo de ISR Definitivo queda con Q. 8,000.00 por cobrar, que pueden ser acreditadosen lo pagos trimestrales de los tres años siguientes así como las declaraciones anuales.
Si el ISR Anual fuera por Q. 52,000.00 entonces las partidas de cierre y acreditamiento serían así respectivamente:
Resultados Acumulados Q. 52,000.00
ISR Definitivo Q. 52,000.00
ISR Definitivo Q. 52,000.00
ISR Trimestral Q. 45,000.00
Banco Q. 7,000.00
Con esto quedan a cero la cuentas de ISR Trimestral y Definitivo.
Espero que la información sea de utilidad
ACREDUTAR ISR A ISO
Este es el segundo post de acreditamientos. En el primero vimos como acreditar ISO a ISR, ahora vamos a ver el caso contrario: ISR (Impuesto Sobre la Renta) a ISO (Impuesto de Solidaridad)
LaLey del ISO en artículo 11 literal b) señala, que los pagos de ISR Trimestral se pueden acreditar al ISO en el mismo año calendario, osea que el segundo pago trimestral ISR que se da a más tardar el 10mo. día hábil de julio se puede acreditar al segundo trimestre de ISO que se da el último día hábil también de julio o a más tardar el 3er trimestre, de allí es acreditable únicamente a ISR.
Porejemplo:
Hicimos el 10 de julio el segundo pago trimestral de ISR por Q. 50,000.00 y el 31 de julio tenemos que pagar el segundo trimestre de ISO por Q. 38,000.00
Al igual que en el primer post, un error común es no hacer ninguna contabilización debido a que no se desembolsa dinero. La partida es esta:
Luego de consultar a la Administración Tributaria, se llegó a la conclusión de que el ISO es ungasto deducible y no un crédito fiscal. La partida es la siguiente:
ISO Gasto Q. 38,000.00
ISR Trimestral Q. 38,000.00
ACREDITAR ISO A ISR
He recibido algunas consultas sobre como se contabilizan los acreditamientos de un impuesto a otro.
Bien, en este primer post de varios me referiré al acreditamiento de ISO a ISR.
Lo primero que hay que decir es que el ISO que sepuede acreditar es el pagado en el año calendario anterior, por ejemplo, en el pago trimestral que se hará en abril de 2011, se puede acreditar hasta el tercer trimestre de 2010.
Por qué no el cuarto trimestre de 2010? porque se pagó en 2011, y es el pagado en el año calendario anterior.
Todo esto está en el artículo 11 literal a) del decreto 73-2008 Ley del ISO.
Dicho esto pasemos a los...
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