ACTIVIDAD PROCESAL Ofrecimientos De Pruebas
ACTIVIDAD PROCESAL
AHT. 188
OPORTUNIDAD
SMMOHk
Los medios probatorios deben ser ofrecidos por las partes en ios actos postulatorios,salvo disposición distinta de este Código.
CONCORDANCIAS:
C.P.C. arts. 188.286, 424, 429. 440, 442.
LEGISLACIÓN COMPARADA:
C.P.C. Italia art. 202.
C.P.C. Colombia art
183.
Comentario
1. Una de las consideraciones a tener en cuenta parala admisibilidad de la prueba se relaciona con la oportunidad y forma de su ofrecimiento. La norma en comentario se refiere a la oportunidad del ofrecimiento de losmedios probatorios la que se relaciona con el principio de eventualidad. Para Ivlonrov*
2275 este principio está directamente ligado con la diferencia, a veces sutil, que existe entre unaestrategia procesal y una conducta maliciosa. Con elderogado Código de Procedimientos Civiles de 1911 era perfectamente factible que una parte reserve lo más importante de su material probatorio para el último momento de la etapa de prueba a efecto dereducir la capacidad de contradicción del contrario. Esa situación con el actual Código ha sido trastocada pues las partes tienen la única posibilidad de ofrecer sus medios probatorios con lapostulación de la demanda, luego de ella, precluye la oportunidad de insertar medios probatorios salvo que se refieran a hechos nuevos, como es el caso que regula el artículo 429 del CPC. Con este enunciadose busca contrarrestar sorpresas de última hora. Sobre este particular, véase que la incorporación extemporánea de los medios de prueba no priva del contradictorio, pues en el supuesto que se presentendocumentos, "el juez corre traslado a la otra parte para que reconozca o niegue la autenticidad de los documentos que se le atribuyen".
(227) MONROY, Juan. "Los principios procesales en el CódigoProcesal Civil de 1992", en:
Análisis del Código Procesal Civil.
Cuzco editores, Lima, 1994, p. 33.
675
ART. 189 COMENTARIOS AL CÓDIGO PROCESAL CIVIL
Un aspecto interesante que precisar...
Regístrate para leer el documento completo.