Activos
Del mismo modo, las contribuciones que exigen las superintendencias Bancaria y de Valores de conformidad con la ley, serán percibidas por la entidad que resulte del respectivo proceso de fusión, integración o reorganización.
Los regímenes de contribuciones previstos en la Ley 510 de 1999 para la Superintendencia de Valores y en la Ley 795 de 2003 para laSuperintendencia Bancaria, serán trasladados sin necesidad de autorización alguna a la entidad que resulte del respectivo proceso de fusión, integración o reorganización.
En todo caso, la entidad que resulte del respectivo proceso de fusión, integración o reorganización, deberá dar aplicación a la categorización prevista en el numeral 5º del artículo 337 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, paradeterminar las tarifas de las entidades sujetas a su inspección, vigilancia y control.
La denominación, estructura funcional, organización y asignación interna de las funciones de la entidad que resulte del respectivo proceso de fusión, integración o reorganización, atenderá los objetivos para el ejercicio de la facultad de inspección, vigilancia y control en los términos que señale el GobiernoNacional en el acto que ordene la fusión, integración o reorganización. En cualquier caso, la entidad que resulte del respectivo proceso de fusión, integración o reorganización tendrá personería jurídica.
En el mismo sentido, las menciones hechas a la Superintendencia Bancaria, a la Superintendencia Bancaria de Colombia o a la Superintendencia de Valores se entenderán efectuadas a la entidadencargada de adelantar las funciones asignadas a dicha entidad de vigilancia y control, o a aquella que resulte del respectivo proceso de fusión, integración o reorganización.
PAR.—Lo previsto en el presente artículo también será aplicable en el evento en que se proceda a la liquidación de la Superintendencia Bancaria o de la Superintendencia de Valores y a la reestructuración de la entidad que asumalas funciones de la liquidada. La entidad que resulte del respectivo proceso tendrá personería jurídica.
[§ 8002 a 8008] Reservados.
[§ 8009] ESTRUCTURA DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA
|DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO |
| |Órganos auxiliaresde | |
| |carácter consultivo | |
|DESPACHO DEL SUPERDELEGADO ADJUNTO PARA SUPERVISIÓN DE| |DESPACHO DEL SUPERDELEGADO ADJUNTO PARA |
|RIESGOS Y CONDUCTAS DE MERCADOS ||SUPERVISIÓN INSTITUCIONAL |
| | | |
|Desp. Superdelegado para riesgos de crédito | |Desp. Superdelegado para pensiones, cesantías |
| | |y fiduciarias...
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