Actos De Administracion
conferirse poderes que varían seg~n sus alcances y para los fines que sean emitidos. Existen
básicamente dos tipos de poderes: generales y especiales.
El poder general vale para una serie indefinida de actos jurídicos y no se agota con su uso, por
lo que el mandatario puede realizar m~ltiplesgestiones en representación del mandante hasta
que no le sea revocado el poder o fallezca una de las partes. Dentro de esta clase de poderes
hay tres categorías incluidas: poder general para pleitos y cobranza, poder para actos de
administraciyn y poder general para ejercer actos de dominio.
Al poder especial lo otorga el mandante para ser representado en lo que autoriza de manera
expresa en elmandato, pudiendo el mandatario realizar diversas gestiones que estén
relacionadas directamente con el objeto del mandato, que se podrá detallar en cláusulas. Este
mandato se extingue automáticamente con la conclusión de lo encomendado.
El poder especial, por su mismo carácter, no tiene ning~n nombre previo y tiene como ventaja
sobre el general, que proporciona mayor seguridad al mandante,puesto que el mandatario no
puede intervenir en otros asuntos que no sean los específicamente determinados.
El poder general para pleitos y cobranza se entiende como el conferido sin limitación para
realizar toda clase de gestiones de cobro que no impliquen el ejercicio de actos de dominio o
de administración, excepto que conforme a las disposiciones fiscales se requiera una cláusula
especial,a fin de defender alg~n interés jurídico.
El poder para actos de administración se otorga para que el apoderado tenga toda clase de
facultades administrativas y será admisible para efectuar cualquier trámite fiscal ante el Servicio
de Administración Tributaria, siempre y cuando se trate de gestiones patrimoniales que no se
traduzcan en la enajenación de la empresa o del bien otorgado para suadministración. No
aplicará para ofrecer garantías o sustituirlas, designar bienes para embargo o para sustituirlos,
ni en los inicio de liquidación o liquidación total del activo.
En cambio, el poder general para ejercer actos de dominio se entiende como el conferido sin
limitación alguna para que el apoderado tenga las facultades de dueño y aplica para cualquier
tipo de trámite fiscal,incluyendo aquellos actos jurídicos que pueden realizarse con el poder
para actos de administración de bienes o para pleitos y cobranza.
En cuanto al poder para actos de administración, es importante tener claro cuál es su verdadero11/17/11 Vista PreYia
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alcance y en qué casos es necesario otorgarlo, teniendo en cuenta que para que se confiera este
poder bastará con expresar que se dan conese carácter, y el apoderado tendrá toda clase de
facultades administrativas.
Esto implica, entre otras facultades, la de celebrar contratos de arrendamiento, de comodato,
de mutuo y crédito sin garantía, de obra y de prestación de servicios. El apoderado tendrá
todas las facultades de administración en el área laboral a fin de que asista en representación
de la asociación a las audienciasde conciliación, demandas y excepciones, ofrecimiento y
admisión de pruebas que se celebren en las juntas laborales, con facultades conferidas para
conciliar, transigir y celebrar convenios con los trabajadores demandantes,
También contará con facultades para absolver posiciones como representante legal,
independientemente de ser apoderado de la asociación. También podrá llevar el juicio entodas
sus instancias, sin ninguna restricción.
Cuando se quieran limitar las facultades de los apoderados se consignarán las limitaciones, o
los poderes serán especiales, permitiendo así advertir la existencia de una gradación o jerarquía
reconocida ampliamente por la doctrina, que regula el alcance del poder para actos de
administración.
El principal límite a su alcance es que los actos de...
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