ACUERDIS DE DOBLE TRIBUTACION ECUADOR ALEMANIA
La doctrina ha definido a los Convenios de Doble Imposición Tributaria, como los tratados internacionales que contienen en particular medidas paraevitar los supuestos de doble imposición fiscal internacional.
La historia de los convenios modelos comienza hace setenta años con la Sociedad de Naciones. A través de su Comité de Asuntos Económicos,este organismo enfocó los problemas de la doble tributación y produjo un primer convenio modelo. M á s adelante, en la época de la Segunda Guerra Mundial, con el fracaso de la Sociedad de Naciones, estetrabajo sobre tributación se trasladó a la Organización de Cooperación Económica Europea (OCEE ), la misma que se convirtió eventualmente en la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico(OCDE ). El convenio modelo generado por la OCDE, con enmiendas y comentarios que se actualizan cada dos o tres años, continúa hoy sirviendo de base para la gran mayoría de convenios bilaterales.
Ecuadory Alemania concluyeron la segunda ronda de negociaciones para la revisión del acuerdo para evitar la doble imposición de impuestos a los ingresos y al capital, vigente desde 1982.
La renegociación deeste acuerdo se inició por iniciativa del gobierno alemán a fin de actualizar las prácticas técnicas y tributarias de conformidad con la normativa de la Organización para la Cooperación y elDesarrollo Económicos (OCDE), informó hoy la Embajada del Ecuador en Berlín.
Ecuador por su parte viene negociando acuerdos para evitar la doble tributación con Emiratos Árabes, China y Portugal. Con Uruguayse suscribió un convenio que ya ha sido aprobado por la Asamblea Nacional, y recientemente firmó un convenio con Corea del Sur.
Según un comunicado de la sede diplomática, en la actualidad se analizala posibilidad de negociar Acuerdos con Singapur e Indonesia.
Con la suscripción de estos acuerdos, el Gobierno del Ecuador busca generar un marco legal tributario atractivo para la inversión...
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