Acuerdo 13-2005 Sat
ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 013-2005
La secretaría del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria, CERTIFICA: Que
ha tenido a lavista el Acuerdo de Directorio Número 013-2005, emitido en el Punto No. 5 del Acta
No. 029-2005 de la Sesión del Directorio de fecha once de abril del año dos mil cinco que
textualmente dice:“ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 013-2005
EL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA
CONSIDERANDO:
Que la Superintendencia de Administración Tributaria debe implementar losmecanismos de control y verificación que le permitan establecer con precisión el
correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias para combatir y erradicar la
evasión tributaria. Para el efecto laSuperintendencia de Administración Tributaria
está facultada por la Ley para obtener información de los contribuyentes,
independientemente que para ello ponga a disposición la utilización deherramientas electrónicas que simplifiquen los procesos de entrega y presentación
de información.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 98 numerales 1 y 3 del Código Tributario, contenidos en el Decreto
número6-91 del Congreso de la República, expresamente facultan a la
Administración Tributaria a requerir informe de cualquier persona individual o
jurídica, esté o no inscrita como contribuyente oresponsable, así como a verificar
el contenido de las declaraciones e informaciones por los medios y procedimientos
legales y técnicos de análisis e investigación que estime convenientes, con el fin
deestablecer con precisión el hecho generador y el monto de los tributos.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 100 numerales 1 y 2 del Código Tributario, contenido en el Decreto
aludido, en el considerandoanterior, establece entre las facultades de fiscalización
e investigación de la Administración Tributaria, la de utilizar como base para
establecer su verdadera situación tributaria, los libros,...
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