Acuerdo directorio sat
SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA -SATACUERDO NUMERO 2-98
Guatemala, 28 de Agosto de 1998.
EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA CONSIDERANDO:
Queconforme el artículo 49 de la ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), Decreto del Congreso de la República,l-98 a partir de la entrada en vigencia de dicha ley, la SATdebe ir asumiendo en forma gradual, total parcialmente, las funciones, atribuciones y competencias que tengan asignadas la Dirección General de Rentas Internas, la Dirección General de Aduanas y lasfunciones de fiscalización tributaria asignadas a la Superintendencia de Bancos:
CONSIDERANDO:
Que la SAT, para continuar el proceso de transición puede tomar a su cargo las funciones defiscalización de Departamentos y de las Administraciones Departamentales de la Dirección General de Rentas Internas:
POR TANTO:
En ejercicio de las facultades que le confiere el articulo 49 de la Ley Orgánicade la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), Decreto l-98 del Congreso de la República,
ACUERDA:
Artículo l. A partir del cinco de octubre de mil novecientos noventa y ocho, laSuperintendencia de Administración Tributaria -SAT-, asumirá y ejercerá funciones, atribuciones y competencias en materia de fiscalización y verificación de la obligación tributaria, de la DirecciónGeneral de Rentas Internas, de la forma siguiente: 1. La función de fiscalización de las obligaciones tributarias y todas las demás funciones necesarias para efectuar la labor fiscalizadora y deverificación, a cargo de los Departamentos de Fiscalización. Impuesto Sobre la Renta, Impuesto al Valor Agregado, Actividades Comerciales y Administraciones Departamentales de Rentas Internas. 2. Lasatribuciones necesarias para encargarse de los procedimientos de determinación de oficio y de verificación y audiencia, establecidos en el Código Tributario, lo cual incluye la facultad de dar audiencia,...
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