acuerdo ministerial 0204

Páginas: 5 (1164 palabras) Publicado: 20 de diciembre de 2015
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR


Misión

Crear y difundir el conocimiento científico tecnológico, arte y cultura, formar profesionales, investigadores y técnicos críticos de nivel superior y crear espacios para el análisis y solución de los problemas nacionales.



Visión

La Universidad Central del Ecuador, liderará la gestión cultural, académica, científica y administrativa del sistemanacional de educación superior, para contribuir al desarrollo del país y de la humanidad, insertándose en el acelerado cambio del mundo y sus perspectivas.









FACULTAD DE CIENCIAS PSICOLOGICAS



Misión

Formar profesionales Psicólogos competitivos con amplio sentido humanista, excelencia académica, técnica y científica, promover el desarrollo psíquico individual y social de la poblaciónEcuatoriana y Latinoamericana.



Visión

Facultad líder a nivel nacional e internacional en la formación de Psicólogos competitivos en las políticas de cambio y en la actualización científica, técnica y humanista, consolidada en sus relaciones interinstitucionales y en los recursos humanos altamente capacitados.








CARRERA DE PSICOLOGIA INDUSTRIAL



Misión

La carrera de psicología industrialforma profesionales idóneos, reconocidos por su competencia humana, científica y técnica para la dirección y gestión sistemática de los procesos organizacionales que prevengan y brinden solución a los problemas del talento humano en pos de la construcción de mejores organizaciones.




Visión

Para el 2013, la carrera de Psicología Industrial estará acreditada y formando profesionales integrales ycompetentes, sustentada en una interacción académica- científica, creativa e innovadora que optimice el talento humano, y la eficiencia productiva incorporando valor agregado en la construcción de mejores organizaciones y del país.





INTRODUCCION
Mediante Acuerdo Ministerial 0204-2015 publicado en el Registro Oficial 588 del 16 de septiembre de 2015, el Ministerio del Trabajo emitió las NORMASQUE REGULAN EL CÁLCULO DE LA JUBILACIÓN PATRONAL.
Este Acuerdo aplica para el cálculo mensual y global de la jubilación patronal contemplada en el artículo 216 del Código del Trabajo.

MARCO TEORICO
En el caso del valor mensual se calculará de la siguiente forma:
La suma equivalente al cinco por ciento del promedio de la remuneración anual percibida de los cinco últimos años, multiplicada por losaños de servicio, respecto del coeficiente de edad establecido en el artículo 218 del Código del Trabajo, dividido para 12.
Es importante notar que la pensión mensual de jubilación patronal deberá cumplir con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 216 del Código del Trabajo, es decir, en ningún caso la pensión mensual de jubilación patronal será mayor que la remuneración básica unificada mediadel último año ni inferior a treinta dólares de los Estados Unidos de América (US $ 30) mensuales, si solamente tiene derecho a la jubilación del empleador, y de veinte dólares de los Estados Unidos de América (US $ 20) mensuales, si es beneficiario de doble jubilación
En el caso del fondo global, previo acuerdo entre las partes, se considerarán las siguientes variables:
Primera parte: el valor dela pensión mensual, el valor de la decimotercera y decimocuarta remuneraciones y el coeficiente actualizado de renta vitalicia que consta en las “Tablas de Mortalidad General, Ecuador Hombres, 2000” y “Tablas de Mortalidad General, Ecuador Mujeres, 2000” de la Resolución No. C.I. 141 publicada en el Registro Oficial No. 650 de 28 de agosto de 2002, ajustadas a la tasa de interés pasiva referencialpromedio del año anterior al cese de las funciones del ex trabajador, publicada por el Banco Central del Ecuador
Segunda parte: Del cálculo así efectuado se verificará que el ex trabajador no reciba una cantidad inferior al cincuenta por ciento (50%) del salario básico vigente al cese de las funciones del ex trabajador multiplicado por los años de servicio, en cuyo caso se pagará esta.
Hay que...
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