Acuerdo Ministerial 50 92
Acuérdase que la hoja de papel sellado especial para protocolos, contendrá las caracterí sticas que se indican.
ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 50-92
Palacio Nacional:Guatemala, 22 de diciembre de 1992.
El Ministerio de Finanzas Públicas,
CONSIDERANDO:
Que conforme el articulo 23 del Decreto número 37-92, Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel
SelladoEspecial para Protocolos, el Ministerio de Finanzas Públicas que se encargara de la fabricació n de
timbres fiscales y de papel sellado especial para protocolos, cuyas caracterí sticas pueden sermodificadas por
el citado Ministerio a través de Acuerdo Ministerial, para adaptarlos a los nuevos métodos y técnicos de
producció n y utilizació n.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones quele confieren los artí culos 4° y 23 de los Decretos números 106-71 y 37-92,
ambos del Congreso de la República.
ACUERDA:
Artí culo 1. DE LA HOJA DE PAPEL SELLADO ESPECIAL PARA PROTOCOLOS: Lahoja de papel sellado
especial para protocolos, contendrá todas las caracterí sticas descritas en el artí culo 29 del Acuerdo
Gubernativo número 737-92 de fecha 27 de agosto de 1992, podrá llevarimpresa en cada lado, veinticinco,
lí neas de doble espacio.
No obstante, la hoja deberá tener un uso máximo de veinticinco renglones o lí neas y cada una con la extensió n
de ciento cincuenta ysiete milí metros en cada lado, limitadas por los márgenes impresos mí nimos de cuarenta
milí metros, izquierdo en el anverso y derecho en el reverso: uso que estará advertido con la impresió n alfinal
de la hoja con la leyenda siguiente:
"El uso útil de esta hoja se circunscribe a veinticinco renglones en el anverso y reverso".
Artí culo 2. VIGENCIA: El presente acuerdo empezará a regirel dí a siguiente de su publicació n en el Diario
Oficial.
COMUNIQUESE,
RICHARD AITKENHAD CASTILLO
MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS
ESTUARDO MENDEZ HERBRUGER
VICEMINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS
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