Acuerdo Por El Que Se Establecen Los Niveles De Equivalencia Para La Compensación Ambiental Por El Cambio De

Páginas: 8 (1866 palabras) Publicado: 30 de junio de 2012
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(Segunda Sección)

DIARIO OFICIAL

Miércoles 28 de septiembre de 2005

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
ACUERDO por el que se establecen los niveles de equivalencia para la compensación ambiental por el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, los criterios técnicos y el método que deberán observarse para su determinación. Al margen un sello con el EscudoNacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JOSE LUIS LUEGE TAMARGO, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 16, 33, 34, 117 y 118 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, 124 del Reglamento de la Ley General deDesarrollo Forestal Sustentable y 4o. fracción XXV del Reglamento Interior de esta Secretaría, y CONSIDERANDO I. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, establece dentro de sus objetivos el promover un crecimiento económico, vigoroso y sustentable en beneficio de todos los mexicanos, definiendo para ello las líneas de estrategia que se refieren a la política ambiental para un crecimientosustentable, cuyo propósito estriba en alcanzar un equilibrio global y regional entre los objetivos económicos, sociales y ambientales; de forma tal que se logren contener los procesos de deterioro ambiental; inducir un ordenamiento ambiental del territorio nacional, considerando la necesidad de hacer compatibles el desarrollo con las aptitudes y capacidades ambientales de cada región; aprovechar demanera plena los recursos naturales, como condición básica para alcanzar la superación de la pobreza; así como cuidar el ambiente y los recursos naturales a partir de una reorientación de los patrones de consumo y un cumplimiento efectivo de las leyes. II. Que en materia de regulación ambiental se busca proteger los suelos induciendo cambios en los sistemas productivos que combinen la optimizaciónde ingresos y rendimientos con la conservación abriendo espacios formales para involucrar a productores en las áreas de diagnóstico-selección de alternativas e instrumentación de acciones para contener la erosión de los suelos, propiciando que los propietarios o usufructuarios lleven a cabo y con responsabilidad su buen uso: la estrategia es la confluencia de políticas y programas de conservaciónde suelos, que coadyuven a contener el deterioro y elevar la calidad productiva de los mismos. III. Que en congruencia con los criterios de carácter ambiental previstos por los artículos 33 y 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal, las autorizaciones de cambio de uso de suelo de los terrenos forestales únicamente se otorgan por excepción. IV. Que el artículo 34 fracción XV de la Ley Generalde Desarrollo Forestal Sustentable establece que la realización de obras o actividades públicas o privadas que por ellas mismas puedan provocar deterioro severo de los recursos forestales, debe incluir acciones equivalentes de regeneración, restauración y restablecimiento de los mismos. V. Que en concordancia con el criterio de carácter económico previsto por el artículo 34 fracción XV de la LeyGeneral de Desarrollo Forestal Sustentable, el artículo 118 del mismo ordenamiento legal dispone la obligación de realizar un depósito en el Fondo Forestal Mexicano por concepto de compensación ambiental para actividades de reforestación o restauración de terrenos forestales y su mantenimiento, en los términos y condiciones que establezca el Reglamento.

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VI. Que para la debida observancia y aplicación de lo dispuesto por el artículo 118 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, el artículo 124 de su Reglamento establece que el monto económico de la compensación ambiental relativa al cambio de uso del suelo en terrenos forestales será determinado por la Secretaría, considerando los costos de...
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