Acuerdo por el que se expide la norma técnica ecológica nte-cca-014/88, que establece los límites máximos permisibles y el procedimiento para la determinación de contaminantes en las descargas de aguas residuales en

Páginas: 5 (1137 palabras) Publicado: 14 de junio de 2011
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología.
Manuel Camacho Solis, secretario de desarrollo urbano y ecologia, con fundamento en los articulos 37 fracciones xvi y xvii de la ley organica de la administracion publica federal; 1o. fraccion vi, 5o. fracciones viii y xv, 8o. fracciones vii y viii, 36, 37, 117 fraccioniii, 119 fraccion i inciso a y 123 de la ley general del equilibrio ecologico y la proteccion al ambiente, he dictado acuerdo por el que se expide la norma tecnica ecologica nte-cca-014/88, que establece los limites maximos permisibles y el procedimiento para la determinacion de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, provenientes de la industria textil, con base en lossiguientes:
CONSIDERADOS
Que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, establece que todas las descargas de aguas residuales en ríos, cuencas, vasos, aguas marinas y demás depósitos o corrientes de agua, deberán satisfacer las normas técnicas ecológicas que establezcan los límites máximos permisibles de contaminantes en dichas descargas, a fin de asegurar una calidaddel agua satisfactoria para el bienestar de la población y el equilibrio ecológico.
Que para prevenir el deterioro ecológico en las principales cuencas hidrológicas del país, se requiere controlar, entre otras, las descargas de aguas residuales del sector industrial.
Que la industria textil, genera desechos orgánicos e inorgánicos mezclados con aguas excedentes de los procesos de producción, asícomo aguas de servicio, las cuales, al ser descargadas en los cuerpos de agua, modifican las características fisicoquímicas y biológicas naturales de estos cuerpos, disminuyendo en consecuencia su capacidad de autodepuración.
Que por el tipo y la cantidad de contaminantes que caracterizan a las aguas residuales de la industria textil, sus descargas a los cuerpos de agua, además de impedir olimitar su uso, produce efectos adversos en los ecosistemas, por lo que es necesario fijar los límites máximos permisibles de contaminantes en estas descargas.
Que para la determinación de los límites máximos permisibles, se estudiaron las posibilidades técnicas de remoción de contaminantes que genera esta industria, de acuerdo con las experiencias nacionales y la bibliografía internacional alrespecto. Asimismo, se consideró la factibilidad técnica y económica de instrumentar procesos de depuración por parte de los responsables de las descargas y la efectividad de estos procesos en el control de las fuentes generadoras.
Que es posible no rebasar los límites máximos permisibles fijados para la industria textil, con diferentes sistemas de tratamiento, que den resultados similares a los que seobtienen con la aplicación de los siguientes procesos: Neutralización, precipitación química de metales, recarbonatación y tratamiento biológico.
Que en la determinación de los límites máximos permisibles de descarga participó la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos.
En mérito de lo anterior, he tenido a bien dictar el siguiente: Acuerdo
ARTICULO 1o.- Se expide la norma técnicaecológica NTE-CCA-014/88, que establece los límites máximos permisibles y el procedimiento para la determinación de contaminantes en las descargas de aguas residuales, provenientes de la industria textil.
ARTICULO 2o.- Esta norma técnica ecológica es de orden público e interés social, así como de observancia obligatoria para la industria textil, que descargue aguas residuales en ríos, cuencas,cauces, vasos, aguas marinas y demás depósitos o corrientes de agua.
ARTICULO 3o.- Para los efectos de esta norma técnica ecológica se considerarán las definiciones contenidas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y las siguientes:

AGUAS RESIDUALES: Aquellas que provienen de los procesos de extracción, beneficio, transformación, generación de bienes de consumo o...
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