Acuerdo
(DOF del 02 denoviembre de 2011)
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General.- Oficio
No. 09-9001-030000/.
El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinariacelebrada el 26 de octubre del presente año, dictó el ACDO.SA3.HCT.261011/297.P.DIR, en los siguientes términos:
“Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 9, segundopárrafo, 251, fracciones VIII, XXXIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, y 271, de la Ley del Seguro Social; 1, 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 66 A, fracción III,segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación; 133, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización; 31, fracciones IIy XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Incorporación yRecaudación, mediante oficio 527 del 20 de octubre de 2011, Acuerda: Primero.- Autorizar que tratándose de las solicitudes de prórroga para el pago en parcialidades de los créditos fiscales a favor delInstituto, señalados en el artículo 287, de la Ley del Seguro Social, se dispense el otorgamiento de la garantía del interés fiscal por parte de los patrones y demás sujetos obligados, previocumplimiento de los demás requisitos establecidos en la citada Ley y el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, siempre y...
Regístrate para leer el documento completo.