--------México Distrito Federal a once de octubre del año dos mil doce -----------------------------------------------------------------------------------------con fundamento en el artículo 255 y95 del código de procedimientos civiles para el Distrito Federal, se admite la demanda con el escrito de cuenta y anexos que se Acompañan, fórmese expediente y regístrese en el libro de Gobiernocomo corresponda: se tiene por denunciada la sucesión a bienes de Hernández Hernández Ana María. Gírese sendos oficios a los CC. Directores de Archivo Judicial y al Archivo General de Notarias,solicitando informes sobre si el de cujus otorgo o no disposiciones testamentarias y a este ultimo para que informe además si existe testamento ológrafo. Dese la intervención que corresponda al C.Agente del Ministerio Público adscrito a este juzgado para que manifieste lo que a su representación corresponda y hágase del conocimiento a la secretaria de salud la denuncia de dicho juicio sucesorio.Se tiene por señalado el domicilio y por autorización los profesionistas que se indican para oír y recibir notificaciones y documentos. Notifíquese. Lo proveyó y firma el C. Juez Vigésimo Octavo de loFamiliar por Ministerio de Ley – Doy Fe.
----México Distrito Federal a once de octubre del año dos mildoce----------------------------------------------------------------------------------------------se previene a la C. CESY JAZMIN BELTRAN GANZO para que en efectos de los artículos 255 fracción v y el 257 del código de procedimientos civiles del Distrito Federal, aclare el hecho.PRIMERO: Para que se acredite la personalidad del citado testigo Eduardo Deustua Cruz en el hecho que le confiere.
SEGUNDO: Para la determinación de la fecha exacta de gestación del embarazo en el hechoque le confiere.
Se previene que las pruebas presentadas en este escrito inicial de Demanda, quedaran en reserva hasta el momento oportuno de desahogo .Lo proveyó y firma el C. Juez Vigésimo...
Leer documento completo
Regístrate para leer el documento completo.