Acuerdos multilaterales
Acuerdos concertados dentro del marco jurídico institucional de la OMC, que son aceptados y de carácter obligatorio para todos los países miembros de este organismo multilateral. Estos acuerdos son los pilares sobre los que se basa la Organización.
Asociación Latinoamerica de Integración-Aladi |
| La Asociación Latinoamericana de Integración - Aladi se creómediante el Tratado de Montevideo 1980, que reemplazó al de 1960, que había dado origen a la antigua ALALC. El Tratado se aprobó el 12 de agosto de 1980. |
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Comunidad Andina |
| El Acuerdo de Cartagena, que dio nacimiento al Grupo Andino, comenzó a delinearse desde 1966 con la Declaración de Bogotá y entró en vigencia el 16 de octubre de 1969 cuando el Comité permanente de la ALALCobtuvo la ratificación oficial del Gobierno de Perú, después de la de los Gobiernos de Colombia y Chile. En noviembre de 1969, Ecuador y Bolivia lo ratificaron y en 1973 Venezuela adhirió. Chile se retiró en 1976. |
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Acuerdos Multilaterales |
Asociación Latinoamerica de Integración-AladiLa Asociación Latinoamericana de Integración - Aladi se creó mediante el Tratado deMontevideo 1980, que reemplazó al de 1960, que había dado origen a la antigua ALALC. El Tratado se aprobó el 12 de agosto de 1980.El Congreso de Colombia aprobó el Tratado mediante la ley 45 de 1981 y el país lo ratificó ante el gobierno de la República Oriental del Uruguay el 20 de julio y entró en vigor el 20 de agosto de 1981.
La ALADI está conformada por Argentina, Bolivia, Brasil, Chile,Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, México, Uruguay y Venezuela. En la X reunión del Consejo de Ministros, que se celebró en Montevideo entre el 5 y el 6 de noviembre de 1998, se previó una Resolución para admitir a Cuba, con lo cual se elevarían a doce los miembros del Tratado de Montevideo 1980. Los principios de la integración latinoamericana en la ALADI son los de pluralismo, convergencia,flexibilidad y tratamiento diferenciado según el nivel de desarrollo relativo.Los instrumentos de la integración en la ALADI son los Acuerdos de Alcance Parcial, los Acuerdos de Complementación Económica y los Acuerdos Regionales. Entre los Acuerdos Regionales se cuenta la Preferencia Arancelaria Regional (PAR). Los Acuerdos de Complementación Económica son una modalidad más avanzada de los Acuerdos deAlcance Parcial tradicionales, que son de naturaleza comercial (artículo 8º del Tratado).Prevista en el Artículo 5 del Tratado de Montevideo 1980, la Preferencia Arancelaria Regional (PAR) consiste en una reducción porcentual de los gravámenes aplicables a las importaciones desde terceros países, que los países miembros se otorgan recíprocamente sobre las importaciones de productos originarios de susrespectivos territorios.La PAR actualmente tiene un nivel de 20%, se aplica en magnitudes diferentes según las tres categorías de países establecidas por la Resolución 6 del Consejo de Ministros, que son: países de menor desarrollo económico relativo; países de desarrollo intermedio; demás países La PAR abarca el universo arancelario salvo una nómina de productos que cada país exceptúa delbeneficio de dicha preferencia, cuya extensión también está relacionada con las tres categorías de países.La PAR vigente es la del Primer y Segundo Protocolo Modificatorio al Acuerdo No. 4. Los beneficios para los países que dieron cumplimiento al Segundo Protocolo son los siguientes: | RECIBEN LA PREFERENCIA |
| Países de menor desarrollo económico relativo | Países de desarrollo intermedio |Restantes países
miembros |
OTORGAN LA PREFERENCIA | Países de menor desarrollo económico relativo | 20 | 12 | 8 |
| Países de desarrollo intermedio | 28 | 20 | 12 |
| Restantes países miembros | 40 | 28 | 20 |
Los países de menor desarrollo económico relativo mediterráneos (Bolivia y Paraguay) recibirán de los restantes países signatarios, las siguientes: preferencias
De los países de...
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