Acuerdos Nternacionales
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| Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
Medio Ambiente y el Desarrollo
Río de Janeiro, República Federativa del Brasil - junio de 1992 |
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Agenda 21Capítulo 33 |
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Recursos y mecanismos de financiaciónINTRODUCCIÓN
33.1. La Asamblea General, en su resolución 44/228, de 22 de diciembre de 1989, entre otras cosas, decidió que laConferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo debía:Determinar medios de proporcionar recursos financieros nuevos y adicionales, en particular a los países en desarrollo, para programas y proyectos ambientalmente racionales, de conformidad con los objetivos, las prioridades y los planes de desarrollo nacionales, y considerar formas de establecer una vigilancia eficazdel suministro de esos recursos financieros nuevos y adicionales, en particular a los países en desarrollo, a fin de que la comunidad internacional pueda adoptar nuevas medidas apropiadas sobre la base de datos exactos y fidedignos;Determinar medios de proporcionar recursos financieros adicionales destinados a adoptar medidas orientadas a resolver problemas ambientales importantes de interés mundialy en especial apoyar a los países, sobre todo los países en desarrollo, para los que la aplicación de tales medidas representaría una carga especial o extraordinaria, particularmente por su falta de recursos financieros, experiencia o conocimientos técnicos;Examinar diversos mecanismos de financiación, incluidos los voluntarios, y considerar la posibilidad de establecer un fondo especialinternacional y otros criterios innovadores con miras a conseguir, sobre una base favorable, la transmisión más eficaz y rápida posible a los países en desarrollo de tecnologías ambientalmente racionales;Determinar cuantitativamente las necesidades financieras para aplicar con éxito las decisiones y recomendaciones de la Conferencia y determinar posibles fuentes de recursos adicionales, incluidas las noconvencionales.33.2. El presente capítulo trata de la financiación que la ejecución del Programa 21, que representa un consenso mundial que integra las consideraciones ambientales en un proceso de desarrollo acelerado. Para cada uno de los demás capítulos, la secretaría de la Conferencia ha suministrado estimaciones indicativas del costo total de la ejecución para los países en desarrollo y de lasnecesidades de fondos que sean otorgados a título de donación o en condiciones de favor por la comunidad internacional. Las estimaciones ponen de manifiesto la necesidad de un esfuerzo sustancialmente incrementado de los distintos países y de la comunidad internacional.Bases para la acción
33.3. El crecimiento económico, el desarrollo social y la erradicación de la pobreza son las prioridadesprincipales y absolutas de los países en desarrollo que son a su vez esenciales para lograr los objetivos nacionales y mundiales de sostenibilidad. Habida cuenta de los beneficios mundiales que se derivarán de la ejecución del Programa 21 considerado en su totalidad, el suministro a los países en desarrollo de medios eficaces, entre otras cosas, recursos financieros y tecnología, sin los cuales lesserá difícil cumplir plenamente sus compromisos, beneficiará a los intereses comunes de los países desarrollados y los países en desarrollo y de la humanidad en general y a las generaciones futuras.33.4. El costo de la inacción podría superar el costo financiero de la ejecución del Programa 21. La inacción limitara las opciones de las generaciones futuras.33.5. Para hacer frente a las cuestionesambientales harán falta esfuerzos especiales. Las cuestiones ambientales mundiales y locales están interrelacionadas. La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Convenio sobre la Diversidad Biológica hacen referencia a dos de las cuestiones mundiales más importantes.33.6. El establecimiento de condiciones económicas, tanto nacionales como internacionales, que...
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