Acuerdos Plenarios
INTERVENCIÓN DE TRES O MÁS AGENTES. REGLAS
DE INTERPRETACIÓN DEL INCISO 6) DEL
ARTÍCULO 297º DEL CÓDIGO PENAL
ACUERDO PLENARIO Nº 3-2005/CJ-116
FECHA: 30/09/2005
Carácter vinculante:
Este acuerdo plenario estableció el carácter imperativo del conocimiento
por parte de cada participante de la intervención de por lo menos
tres personas en la comisión del delito deTráfico Ilícito de Drogas
(TID). La simple ejecución del delito sin la existencia de concierto entre
por lo menos tres o más personas no resulta suficiente para concretar la
circunstancia agravante. La existencia e intervención de tres o más agentes
en el delito en mención debe ser para el agente, por lo menos, conocida,
y contar con ella para su comisión, de tal manera que su conductadelictiva pueda ser subsumida en el citado inciso 6) del artículo 297º de
la norma acotada.
Así, quien participa en el hecho como parte de un plan determinado
sin conocer que en el mismo intervienen -o necesariamente intervendrán-
por lo menos tres personas, incluido él, no podrá ser castigado
por dicha agravante.
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ESCUELA DE ALTOS ESTUDIOS JURÍDICOS EGACAL
TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS: CORREODE DROGAS
ACUERDO PLENARIO Nº: 3- 2008
Carácter Vinculante:
Si bien supone la existencia de una organización, puesto que intervienen
varias personas (el que capta, el burro, el que entrega la droga,
etc.) e incluso se dedican a reclutar gente para dicha actividad, sin
embargo, la conducta dolosa destinada al transporte o desplazamiento
de dichas sustancias de un lugar a otro, es ajena alnúcleo de persona
integradas en la organización que lo captó, sólo se dedica al transporte
y con ello, facilita el consumo, por lo cual, debe atribuirse la responsabilidad
como autor en el artículo 296º del Código Penal. Sólo si se llega a
demostrar que actúo en concierto de tres o más correos o si tiene un
nexo más intenso, corresponderá aplicar el 297º.6.
TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS:ADECUACIÓN DEL TIPO
PENAL. IMPROCEDENCIA SUFICIENCIA PROBATORIA
PARA ACREDITAR CONCERTACIÓN DE TRES O MÁS
AGENTES
SENTENCIA: R. N. Nº 1500/2006-PIURA
FECHA: 17/07/2006
Carácter vinculante:
En su recurso de nulidad, el encausado sostiene que al momento
de resolver no se tuvo en cuenta el Acuerdo Plenario Nº 3-2005, publicado
el 26 de noviembre de 2005, que por ello en base a los hechos declaradosprobados resulta inaplicable el inciso 6) del artículo 297º del
Código Penal, en tanto que si bien fue intervenido en posesión de 510
gramos de pasta básica de cocaína no existió concierto con dos de sus
coacusados para el transporte de la droga.
El Acuerdo Plenario 3-2005/CJ-116, del 30 de septiembre de 2005,
respecto a la pluralidad de agentes en el delito de tráfico ilícito de drogas,estableció:
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JURISPRUDENCIA VINCULANTE Y DOCTRINA JURISPRUDENCIAL
a) la sola existencia o concurrencia, sin más de una pluralidad de agentes
(tres a más) en la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas no
tipifica la circunstancia agravante del artículo 297º inciso 6) del Código
Penal, pues tal consideración violaría el principio de proscripción
de la responsabilidad objetiva(artículo VII del Título Preliminar
del Código Penal);
b) la simple ejecución del delito sin que exista concierto entre por lo
menos tres participantes no es suficiente para concretar la circunstancia
agravante antes citada; es imperativo el conocimiento por parte
de cada participante de la intervención de por lo menos tres personas
en la comisión del delito; es decir, la existencia e intervención detres o más agentes en el tráfico ilícito de drogas debió ser para el
agente, por lo menos conocida y contar con ella su comisión, para
que su conducta delictiva pueda ser subsumida en el dictado inciso
6) del artículo 297º del Código Penal;
c) (…) si quien participa en el hecho como parte de un plan determinado,
no conoce que en el mismo interviene -o necesariamente intervendrán
por...
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