(Publicado en el Diario Oficial de la Federacin el Viernes 3 de Diciembre de 1982) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice Estados Unidos Mexicanos.- Secretara de Educacin Pblica. ACUERDO QUE ESTABLECE LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ESCUELAS SECUNDARIAS TECNICAS. Con fundamento en lo dispuesto en los artculos 38, fracciones I, inciso a) y c), y V de la Ley Orgnica de laAdministracin Pblica Federal 17 y 24, fracciones I y XIII, de la Ley Federal de Educacin, y 5o., fraccin I, 28 y 55 de Reglamento Interior de la Secretara de Educacin Pblica, y CONSIDERANDO Que es preocupacin del Estado Mexicano Proporcionar educacin a los habitantes del pas, a fin de propiciar su desenvolvimiento armnico Que la educacin que el Estado imparta debe tender a desarrollarequilibradamente todas las facultades del ser humano, a fomentar sentimientos de nacionalidad y solidaridad internacional y a capacitar para el trabajo digno y socialmente til Que la educacin secundaria tcnica fortalece en los educandos el desarrollo integral de su personalidad, tanto en lo individual como en lo social, les brinda una formacin tecnolgica que facilita su incorporacin al trabajo productivoy adems les da bases para la continuacin de estudios superiores Que, conforme a lo dispuesto por el artculo 3o., fraccin I de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, el criterio que orientar la educacin secundaria tcnica se mantendr por completo ajeno a cualquier doctrina religiosa basado en los resultados del progreso cientfico, luchar contra la ignorancia y sus efectos, lasservidumbre y los perjuicios, y Que es necesario que las instituciones educativas que imparten educacin secundaria tcnica cuenten con un ordenamiento jurdico que regule su funcionamiento a los efectos de lograr mayor eficiencia en el desarrollo de la labor a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente ACUERDO NMERO 97 CAPITULO I Disposiciones generales ARTICULO 1o.- Las disposicionescontenidas en el presente Acuerdo son de observancia general y obligatoria en las escuelas secundarias tcnicas dependientes de la Secretara de Educacin Publica y en las particulares que cuenten con autorizacin otorgada por aqulla para impartir el mismo tipo y nivel educativo. ARTICULO 2o.- Las escuelas a que se refiere el presente Acuerdo son instituciones educativas de carcter eminentemente formativoque tienen por objeto I.- impartir educacin secundaria tcnica a los alumnos que, habiendo concluido la educacin primaria, ingresen a ellas II.- Fortalecer en los educandos el desarrollo armnico integral de su personalidad, tanto en lo individual como en lo social III.- Brindar al educando, conforme al plan y programas de estudio aprobados, una formacin tecnolgica que facilite su incorporacin altrabajo productivo, y IV.- Proporcionar las bases para la continuacin de estudios superiores. ARTICULO 3o.- Para el cumplimiento de su objeto, corresponde a las escuelas secundarias tcnicas I.- Propiciar que se cumplan los objetivos de la educacin secundaria tcnica, enunciados en el artculo anterior, con absoluto apego a lo establecido en el artculo 3o. constitucional y a los de ms principioscontenidos en la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Federal de Educacin II. Inducir y capacitar al educando en el conocimiento y aplicacin de las tcnicas de una actividad tecnolgica que le permita incorporarse de manera inmediata a una actividad productiva, III.- Proseguir la labor de la educacin primaria en relacin con la formacin del carcter, el desenvolvimiento dela personalidad crtica y creadora, y el fortalecimiento de actitudes de solidaridad y justicia social IV.- Promover condiciones para el desarrollo integral del educando y su adaptacin al ambiente familiar, escolar y social, procurando orientar sus capacidades, intereses e inclinaciones hacia su plena realizacin V.- Estimular el conocimiento y la valoracin de la realidad nacional para que el...
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