Adasdsd

Páginas: 6 (1306 palabras) Publicado: 13 de junio de 2012
ALCALDíA

SANTIAGO

DE

DE CAL!

'OIRECÓÓN'jÚRfoICA'--

CIRCULAR NO.4121.0.22.1.0011
PARA:

SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS
ADMINISTRATIVOS, DIRECTORES, JEFES DE OFICINA Y ASESORES
ADSCRITOS AL DESPACHO DEL ALCALDE

DE:

SUBDIRECTOR TECNICO - DIRECCION JURIDICA

ASUNTO:

RESTRICCIONES EN PERIODO ELECTORAL

FECHA:

7 DE MAYO DE 2012

La DirecciónJurídica de la Alcaldía de Santiago de Cali se permite comunicar a todas
las dependencias de la Administración Central que el Gobierno Nacíonal mediante
Decreto 930 de 4 de mayo de 2012 convocó a elecciones para gobernador del
Departamento del Valle del Cauca que se cumplirán el próximo 1° de julio de 2012. En
consecuencia, en todo el territorio departamental deberá observarse lo dispuesto porel
parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005 (ley de garantías electorales), que a la
letra dice:
Art. 38 ( .•. ) Parágrafo. Los gobernadores, alcaldes municipales y/o distritales, secretarios,
gerentes y directores de entidades descentralizadas del orden municipal, departamental o
distrital, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones, no podrán celebrar
conveniosinteradministrativos
para la ejecución de recursos públicos, ni participar,
promover y destinar recursos públicos de las entidades a su cargo, como tampoco de las
que participen como miembros de sus juntas directivas, en o para reuniones de carácter
proselitista,
Tampoco podrán inaugurar obras públicas o dar inicio a programas de carácter social en
reuniones o eventos en los que participencandidatos a la Presidencia y Vicepresidencia de
la República. el Congreso de la República, gobernaciones departamentales, asambleas
departamentales. alcaldias y concejos municipales o distritales, Tampoco podrán hacerlo
cuando participen voceros de los candidatos,
No podrán
actividades
candidatos
voceros de

autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público paraproselitistas, ni para facilitar el alojamiento. ni el transporte de electores de
a cargos de elección popular. Tampoco podrán hacerlo cuando participen
los candidatos.

La nómina del respectivo ente territorial o entidad no se podrá modificar dentro de los
cuatro (4) meses anteriores a las eiecciones a cargos de elección popular. salvo que se
trate de provisión de cargos por faltas definitivas.con ocasión de muerte o renuncia
irrevocable del cargo correspondiente debidamente aceptada, y en los casos de aplicación
de las normas de carrera administrativa,

Sobre el alcance de las restriccíones contenidas en la norma referida, el Consejo de
Estado a través de la Sala de Consulta y Servicio Civil medíante Concepto de 17 de
febrero de 2006 con radicación número:11001-03-06-000-2006-00016-00(1717), MP.
Luis Fernando Álvarez Jaramillo, precisó:
"De la lectura del texto del parágrafo del articulo 38 se concluye que cuando en él se habla
de cuatro meses anteriores a las elecciones, ha de entenderse que el término "elecciones"
es genérico, es decir, comprende las correspondientes a todos los cargos de elección
popular a que se refiere la ler. incluido el de Presidente de laRepública, (. . .),

Cam, Torre de la Alcaldía Piso9", Teléfonos 661-70-84-85, Fax6688491
www.caILgov.co

email: dirjuridica@cali.gov.co

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~/
ALCAií:>íA DE

SANTIAGO DE CAl!
DIRECCiÓN JURfOICA

"En este orden de ideas, la interpretación sistemática de las disposiciones consagradas en
los artIculas 32, 33 Y el parágrafo del artIculo38 de la ley 996 de 2.005 lleva a concluir que
dichas normas contienen
restricciones
y prohibiciones para periodos preelectorales
diferentes; las dos primeras, de manera especifica para los cuatro meses anteriores a la
elección presidencial;
el último, de manera más genérica para los cuatro meses
anteriores a las elecciones para cualquier cargo de elección popular a que se refiere la...
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