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JUEZ. DE FAMILIA DE NEIVA-REPARTO-
E. S. D.
REF: SUCESIÓN INTESTADA
CAUSANTE: JUAN CAMILO MENDEZ PAREDES
Respetado Doctor
NATALIA CUELLAR GOMEZ, mayor de edad, domiciliado y residente en esta ciudad capital, con cédula de ciudadanía número 26431888 de Neiva Huila y portador de la tarjetaprofesional de Abogado número 111.216 del Consejo Superior de la Judicatura, en ejercicio del mandato judicial que me confiere la Señora PATRICIA VASQUEZ VILLANUEVA persona mayor de edad, identificada con la Cédula de Ciudadanía número 36.168.452 de Neiva Huila, domiciliada y residente en la Ciudad de Neiva - Huila y actuando en nombre y representación de su hijo menor JUAN FELIPE MENDEZ VASQUEZheredero de su difunto padre JUAN CAMILO MENDEZ PAREDES (Q.E.P.D.), quien falleciera en la Ciudad de Neiva Huila en la fecha 16 de Diciembre de 2005, ante Usted solicito la apertura del proceso de sucesión intestada del causante JUAN CAMILO MENDEZ PAREDES conforme a los siguientes:
hechos
1. El Señor JUAN CAMILO MENDEZ PAREDES persona mayor de edad, identificado con la Cédula de Ciudadanía No.12.369.741, falleció en esta ciudad el día 16 de Diciembre de 2005 fecha en que se defirió la herencia a sus herederos.
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2. El causante, Señor JUAN CAMILO MENDEZ PAREDES contrajo matrimonio católico con la Señora SANDRA SANCHEZ FARFAN, de cuya unión hay dos hijo mayores de edad llamados CAMILO JOSE MENDEZ FARFAN y MARIA DEL MAR MENDEZ FARFAN*
3. El Señor JUAN CAMILO MENDEZ PAREDES en relaciones sexuales extramatrimoniales procreó un hijo de nombre JUAN FELIPE MENDEZ VASQUEZ, quien en la actualidad es menor de edad y quien fuera reconocido como hijo por el causante, como lo demuestra el Registro Civil que anexo a la presente acción.
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4. Se desconocesi el Señor JUAN CAMILO MENDEZ PAREDES otorgó testamento y/o capitulaciones.
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5. A pesar de los múltiples llamados a los demás herederos para iniciar el proceso de sucesión de mutuo acuerdo ha sido infructuoso, y además con las pruebas sumarias que aporto de algunos bienes se ha actuado de mala fe por parte de la Señora SANDRA SANCHEZ FARFAN y de losdemás herederos al querer ocultar bienes que hacen parte de la masa herencial como lo relacionaré más adelante.
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6. Los bienes sucesorales, que describiré, están ubicados en las ciudades de Neiva Huila y en Bogota D.C.
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7. La Señora PATRICIA VASQUEZ VILLANUEVA actuando en representación de su hijo menorJUAN FELIPE MENDEZ VASQUEZ me otorgó poder para actuar en este proceso y realizar la partición de bienes con fundamento en los anteriores hechos y en las normas legales que invocaré.
PRETENCIONES
1. Que se declare abierto y radicado en su despacho el proceso de sucesión intestado del Señor JUAN CAMILO MENDEZ PAREDES (Q.E.P.D.) quien se identificaba con el número de Cédula 12.369.741 deNeiva Huila, cuya herencia se defirió el día de su fallecimiento que ocurrió en la Ciudad de Neiva Huila el día 16 de Diciembre de 2005, y cuyo último domicilio o asiento principal de sus negocios fue la Ciudad de Neiva Huila.
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2. Se declare a la Señora SANDRA SANCHEZ FARFAN y los Señores CAMILO JOSE MENDEZ FARFAN y MARIA DEL MAR MENDEZ FARFAN,residentes en la Ciudad de Bogotá, como cónyuge sobreviviente la primera a la cual se le deberán cancelar los gananciales a que halla lugar, e hijos legítimos los segundos, del de cujus teniendo derecho a intervenir en el presente proceso y en la elaboración de inventarios y avalúos, previo aporte de las pruebas que los acreditan como tales.
3. Que se reconozca al menor JUAN FELIPE MENDEZ...
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