administracion publica
No puede decirse en el estado actual del problema de los contratos administrativos, que dispongamos de una teoría acabada y de un régimen legal bien definido para regularlos. Otras legislaciones son por lo regular imprecisas y no se ha elaborado en los textos legales un sistema general para los Contratos administrativos.
Paulatinamente lalegislación y la jurisprudencia van construyendo los principios que gobiernan a los contratos administrativos, resolviendo aspecto parciales de este interesante problema que afecta la acción de la administración pública, por el número e importancia de esos contratos?
Desde luego en los contratos administrativos se viene abriendo paso la idea de una protección eficaz del interés general encontratos relacionados con servicios públicos, atribuciones o fines del Estado y sus funciones. El principio de res inter alios acta, sufre modificaciones esenciales, ya que los intereses de la colectividad imponen restricciones necesarias a la libertad contractual.
Desde luego el particular queda en libertad de no aceptar las condiciones del Estado, pero al aceptarlas se somete a un régimenexcepcional, que primero toma en cuenta el interés público y luego el interés privado, el cual no se desconoce, sino se le reglamenta. La aplicación del derecho privado es excepcional.
Además del interés público, el Estado debe proteger los intereses financieros de la administración, que con frecuencia son burlados por funcionarios que no toman las debidas precauciones y garantías; y por contratistas pocoescrupulosos, que ven en el Estado un ente ficticio, y no un servidor de los intereses de la colectividad.
Las autoridades contratantes no pueden violar los contratos administrativos por medio de acuerdos gubernativos, pues esto importa una violación de los artículos 14 y 16 constitucionales. Semanario Judicial de la Federación.
La sociedad está interesada en que se respete la vigencia de loscontratos celebrados por el poder público, mientras la autoridad competente no declare la nulidad de ellos.
Los actos de las autoridades negándose a cumplir los contratos administrativos que hayan celebrado, no constituyen propiamente actos de autoridad, sino de una persona moral que se niega a cumplir con una obligación; y contra tales actos, no procede dar entrada al amparo, que sólo cabecontra actos de autoridad.
Es verdad que la jurisprudencia de la Corte ha establecido que el Estado no puede por sí solo declarar la caducidad de un contrato administrativo; pero tales ejecutorias se refieren al caso en que las autoridades contratantes no se han arrogado la facultad de declarar la caducidad del contrato y han querido sujetarse a las condiciones propias de todo individuo en susrelaciones civiles; pero cuando no ha sido así, es evidente que el contratante no puede invocar lesión de sus derechos porque la autoridad rescinda el contrato sin forma de juicio y se deje de observar el principio de derecho civil de que antes se habló. Si la autoridad contratante, sin forma de juicio, declara rescindido el contrato, no puede alegarse como improcedencia del amparo, que el contratantepuede ocurrir ante los tribunales para
exigir el cumplimiento del contrato o su rescisión, porque en el amparo lo que se pretende es obtener la revocación del acuerdo que declara insubsistente el contrato.
Cuando la materia del mismo contrato es algo que no está dentro del comercio, en virtud de que se estipulan actos propios del ejercicio de la soberanía de la autoridad, debe reputarse queese contrato no puede producir obligaciones ni derechos. Así, si un Ayuntamiento contrató en su calidad de autoridad y no de persona moral, no puede abdicar de su soberanía, transmitiendo al contratista el derecho de cobrar impuestos municipales ni conceder facultades de recaudación, bajo el sistema de que el contratante habrá de cobrar tales derechos.
Los contratos celebrados contra el tenor de...
Regístrate para leer el documento completo.