Administracion Publica
Los Consejos Estadales de Coordinación y Planificación de Políticas Públicas (CEPLACOPP) son unas nuevas instancias de naturalezas político-territoriales; correspondientes a cada una de las entidades federales que conforman la República Bolivariana de Venezuela y, cuyo objeto fundamental es la planificación deldesarrollo de la entidad a la que pertenece.
Consejo de Planificación y Coordinación. Artículo 25. Corresponde a cada Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, asegurar la coordinación y participación social en la elaboración y seguimiento del Plan Estadal de Desarrollo, así como de los programas y acciones que se ejecuten correspondientes. En el estado, y garantizar que losplanes estadales de desarrollo estén debidamente articulados con los planes nacionales y regionales
Gobernador. Artículo 24. Corresponde al Gobernador de cada estado elaborar el Plan Estadal de Desarrollo, los programas y acciones correspondientes, de conformidad con los Planes Nacionales y en coordinación con el Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, con los organismosregionales y con los Consejos Locales de Planificación Pública correspondientes.
Alcalde. Artículo 26. Corresponde al Alcalde de cada municipio elaborar el Plan Municipal de Desarrollo en concordancia con los planes nacionales, regionales y estadales, y en coordinación con el Consejo Local de Planificación Pública.
Consejo Local de Planificación Pública. Artículo 27. Corresponde a cada ConsejoLocal de Planificación Pública asegurar la coordinación y participación social en la elaboración y seguimiento del Plan Municipal de Desarrollo, de los programas y acciones que se ejecuten en el municipio, y garantizar que los Planes Municipales de Desarrollo estén debidamente articulados con los Planes Estadales de Desarrollo.
Artículo 166. En cada Estado se creará un Consejo de Planificacióny Coordinación de Políticas Públicas, presidido por el Gobernador o Gobernadora e integrado por los Alcaldes o Alcaldesas, los directores o directoras estadales de los ministerios; y una representación de los legisladores elegidos o legisladoras elegidas por el Estado a la Asamblea Nacional, del Consejo Legislativo, de los concejales o concejalas y de las comunidades organizadas, incluyendo lasindígenas donde las hubiere. El mismo funcionará y se organizará de acuerdo con lo que determine la ley
Ahora bien, en la Ley de Los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, se desarrollan los principios y organización de estos consejos, primeramente debe indicarse que el objeto de dicha Ley, según su artículo 1º. Es la creación, organización y establecimiento decompetencias del Consejo Estadal de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas que funcionará, en cada Estado, como órgano rector de la planificación de las políticas públicas, a los fines de promover el desarrollo armónico, equilibrado y sustentable
¿Qué son los Consejos Locales de Planificación?
De todo lo hasta ahora señalado, puede definírseles como los órganos encargados de laplanificación integral del gobierno local, con el propósito de lograr la integración de las comunidades y grupos vecinales mediante la participación y el protagonismo dentro de una política general del Estado, de descentralización y desconcentración de competencias y de recursos, de conformidad con lo previsto en la Constitución vigente.
La norma que regula los consejos locales de planificaciónestá desarrollada en la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública publicada en la Gaceta Oficial Ordinaria Nº 38.591 del 26 de Diciembre de 2006.
Esta Ley establece las competencias y la manera de desarrollar la participación directa de los ciudadanos organizados y otras organizaciones, en la elección de sus representantes en los Consejos Comunales, Parroquiales y Municipales, para la...
Regístrate para leer el documento completo.