administracion
Un contrato individual de trabajo se celebr{o hace veintinueve días, pero en el mismo se pactó que la relación de trabajo empezaría treinta días después. Hoy el patrono ha comunicado altrabajador que el contrato quedo sin efecto.
Qué debe reclamar el trabajador en este caso:
RESPUESTA
Artículo no. 19
Para que el trabajo individual de trabajo exista y se perfeccione, basta con que seinicie la relación de trabajo, que es el hecho mismo de la prestación de los servicio o de la ejecución de la obra en las condiciones que determina el artículo precedente.
Siempre que se celebreun contrato individual de trabajo y alguna de las partes incumpla sus términos antes que se inicie la relación de trabajo, el caso se debe resolver de acuerdo con lo principios civiles que obligan alque ha incumplido a pagar los daños y perjuicio que haya causado a la otra parte, pero el juicio respectivo es de competencia de lo Tribunales de trabajo y previsión social, los que deben aplicar suspropios procedimientos.
El trabajador debe reclamar los daños y perjuicios, en este caso el salario correspondiente a los 29 dias de trabajo que perdió al pensar que ya tenia un trabajo estable,no se dedicó a buscar otro
CASO 2
Hace tres meses, un patrono suscribió un contrato individual de trabajo con el trabajador Pedro Pérez López, dentro de la redacción del documento no se mencionónada relativo al descanso vacacional. Un año después el trabajador reclama al patrono el derecho que cree tener en cuanto a las vacaciones, a lo que éste le responde que no tiene obligación dedárselas en virtud de que las mismas no fueron pactadas dentro del contrato.
Es legal la actitud patronal.
No es legal.
Articulo no. 130-131 CT
Todo trabajador sin excepción tiene derecho a unperíodo de vacaciones renumeradas después de cada año de trabajo continuo al servicio de un mismo patrono, cuya duración mínima es de quince días hábiles. El hecho de la continuidad del trabajo se...
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