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NORMAS PARTICULARES DE EXPOSICIÓN CONTABLE PARA ENTES SIN FINES DE LUCRO
SEGUNDA PARTE
CAPÍTULO I - INTRODUCCIÓN
A. Motivos del establecimiento de la norma
Las normas generales de exposición contable (Resolución Técnica N° 8) regulan la presentación de estados contables de todo tipo de entes para uso de terceros e incluyen los aspectos que son válidos,cualquiera sea la actividad, finalidad, organización jurídica o naturaleza de un ente, es decir constituyen la norma básica de la exposición contable.
Las normas particulares tienen por objeto complementar a las generales y se refieren a aquellos aspectos de exposición que deben cumplir determinados tipos de entes, además de los requeridos por las normas generales. No deben tener sentidocontrario a la citada resolución de carácter general ni a su espíritu, la que impone la aplicación de la flexibilidad en la estructura de los estados contables como aspecto consecuente del sentido común.
La acotación de los entes que están alcanzados por la norma también puede considerarse de problemática definición en forma taxativa. Cabe destacar que la consideración de "entes sin fines de lucro"está directamente relacionada con el "destino final de los excedentes o disminuciones patrimoniales (resultados)" el que debería mantenerse en el patrimonio sin un retiro o reembolso a terceros de dichas diferencias. El objeto principal o la figura que adopte una organización sin fines de lucro no debe condicionar el uso de las normativas del modelo de la presente. Los entes cooperativos no estánalcanzados por esta norma.
B. Estructura de las normas
Las normas particulares están ordenadas, además del capítulo presente, del modo siguiente:
Capítulo II - Alcance de normas comunes a todos los estados contables.
Capítulo III - Estado de situación patrimonial o balance general.
Capítulo IV - Estado de recursos y gastos.
Capítulo V - Estado de evolución del patrimonio neto.Capítulo VI - Estado de flujo de efectivo.
Capítulo VII - Información complementaria.
CAPÍTULO II - ALCANCE DE NORMAS COMUNES A TODOS LOS ESTADOS CONTABLES
A. Alcance
La finalidad perseguida es la definición de normas particulares de presentación de estados contables para uso de terceros, correspondientes a entes sin fines de lucro.
Los organismos autárquicos originados en lospoderes de la administración estatal no son objeto de las presentes disposiciones técnicas aunque su aplicación puede ser aceptada. No están alcanzados por estas normas los estados contables de sociedades cooperativas.
Las normas de la Resolución Técnica N° 8, por ser normas generales de exposición contable, son aplicables a los entes sin fines de lucro.
Las normas particulares complementan lasnormas generales y regulan, en conjunto con éstas, la presentación de estados contables correspondientes a los entes cuya actividad sea la indicada. Esto significa que las normas generales y las particulares deben complementarse y combinarse armónicamente.
Estas normas particulares son aplicables a las asociaciones civiles sin fines de lucro, a las fundaciones y a los organismos paraestatalescreados por ley para el cumplimiento de fines especiales.
Una nómina no taxativa de este tipo de entes, según sean sus objetivos, es la siguiente:
instituciones deportivas (clubes, asociaciones de clubes, federaciones, etc.);
mutuales;
cámaras empresariales;
entes no lucrativos de salud, como ser las obras sociales;
clubes sociales;
sindicatos;
asociaciones de profesionales;entes educativos y universidades;
asociaciones vecinales;
organizaciones religiosas;
entidades benéficas;
consejos profesionales;
etc.
B. Estados contables básicos
La sección C del capítulo II (Normas comunes a todos los estados contables) de la Resolución Técnica N° 8 (Normas generales de exposición contable) enuncia que los estados contables básicos son:
Estado de...
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