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Obligación de contar con un Reglamento Interno de Trabajo.- De acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo No. 039-91-TR, todo empleador quecuente con más de cien trabajadores está obligado a contar con un Reglamento Interno de Trabajo (RIT) que contenga las normas destinadas a fomentar y mantener la armonía entre trabajadores y empleadores,determinando las condiciones a que deben sujetarse en el cumplimiento de la prestación de servicios.
Al respecto, conviene recordar lo siguiente:
OBLIGACIÓN EXPLICACIÓN
¿QUIÉNES? Todo empleador queocupe a más de cien trabajadores se encuentra obligado a contar con un RIT.
CONTENIDO
• Admisión e ingreso de trabajadores.
• Las jornadas y horarios de trabajo; tiempo de alimentación principal.• Normas de control de asistencia al trabajo.
• Normas de permanencia en el puesto: permisos, licencias e inasistencias.
• Modalidad de descansos semanales.
• Derechos y obligaciones delempleador.
• Derechos y obligaciones del trabajador.
• Normas tendentes al fomento y mantenimiento de la armonía entre trabajadores y empleadores.
• Medidas disciplinarias.
• Establecer el procedimientopreventivo interno y sancionador que permita a los trabajadores interponer una queja en caso de que sean víctimas de hostigamiento sexual.
• Establecer las disposiciones referidas a la protección delos trabajadores y el procedimiento para sus reclamos referidos al tratamiento del VIH y SIDA en el centro de trabajo.
• Persona o dependencia encargada de atender los asuntos laborales y tramitaciónde los mismos.
• Normas elementales para cautelar la higiene y seguridad en el trabajo, e indicaciones para evitar accidentes u otros riesgos profesionales, así como las instrucciones respectivaspara prestar primeros auxilios.
• Las demás disposiciones que se consideren convenientes de acuerdo a la actividad de la empresa.
PROCEDIMIENTO El procedimiento de aprobación de RIT es gratuito y...
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