Administracion
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
CAPITULO I
LA RELIGIÓN Y LAS LEYES
Articulo 1.-
Toda expresión publicitaria debe respetar la dignidad del individuo, laintegridad del núcleo familiar, el interés nacional, las autoridades constitucionales, las instituciones públicas y privadas, y los símbolos nacionales.
Articulo 2.-
La publicidad en cualquierexpresión, no debe favorecer, enaltecer, o inducir a ningún tipo de actividad ilegal que lesione la moral y las buenas costumbres generalmente aceptadas como normas de conducta.
CAPITULO II
HONESTIDAD YDECORO
Articulo 3.-
¨ Todo anuncio o pieza publicitaria debe respetar la privacidad del individuo y su núcleo familiar, el uso de imágenes de la vida privada, usos y costumbres, deben ser tratados conel respeto, decoro y buen gusto necesarios.¨
Articulo 10.-
Toda representación publicitaria debe ser ejecutada teniendo como norte el no vulnerar la confianza del consumidor a través de conceptos quepueda explotar su inexactitud de conocimientos o experiencias.
CAPITULO III
VERACIDAD
Articulo 11.-
Toda actividad publicitaria debe exponer una forma clara, contundente e inequívoca lapresentación verídica del producto o servicio anunciado, referido a tamaños, precios, usos y beneficios de la misma.
Artículo 12.-
Las descripciones, argumentos, promesasy beneficios deben ser completamente comprobables y los anunciantes y sus agencias publicitarias deben estar en plena capacidad de probar los hechos en los casos en que dicha comprobación seanecesaria ante terceros.
CAPITULO IV
VIOLENCIA O SUPERSTICION
Artículo 16.-
¨ Ningún anuncio o pieza publicitaria debe inducir al miedo, al terroro a la violencia en cualesquiera de sus expresiones, ni ningún tipo de superstición.¨
CAPITULO V
DEFENSA DEL LENGUAJE
Artículo 17.-
¨ En toda pieza publicitaria se debe...
Regístrate para leer el documento completo.