Administracion
El anuncio lo hizo este martes la ministra de Justicia, Ruth Stella Correa, al dar a conocer el decreto que reglamenta la Ley 1564 del 2012. Lasdisposiciones fueron sancionadas por el Presidente de la República el pasado 21 de diciembre y entraron a regir a partir de este martes.
De esta forma, los acreedores como bancos, establecimientos decrédito, empresas de servicios públicos y comerciantes también podrán beneficiarse al contar con un mecanismo para recuperar las deudas, aseguró la ministra Correa al dar a conocer el decreto.
Loscentros de conciliación y notarías ya podrán actuar bajo esta figura. Aparte de las notarías y los consultorios jurídicos de las Universidades, la ley autorizó a los promotores de la Superintendencia deSociedades para que ofrezcan el servicio de conciliación.
El Trámite se cobrará sobre un porcentaje que no podrá ser superior a 30 salarios mínimos y sobre una tabla que fijó el decreto. En losconsultorios jurídicos, la conciliación no tendrá ningún costo.
El deudor presenta una solicitud ante el notario o conciliador y hace una listas de sus deudas y de su patrimonio, la causa de la crisis quelo obligó a entrar en mora en sus pagos y una propuesta para cancelar las obligaciones.
El notario o conciliador convoca a los acreedores de la persona que solicitó el arreglo y busca un acuerdo entrelas partes.
En esta etapa, las empresas de servicios quedan en la obligación de reconectar los servicios suspendidos y los acreedores tampoco podrán iniciar procesos de embargo de bienes.
Elacuerdo también puede hacerse previamente y llegar ante el notario o conciliador para formalizarlo. El pacto tendrá seguimiento y si el deudor no lo cumple, el caso pasará a manos de un juez que...
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