ADMINISTRACION
REGIMEN DE PROPIEDAD EN
CONDOMINIO
ELEMENTOS DE LA
ADMINISTRACION DEL
CONDOMINIO
Asamblea General
Administrador
Comité de vigilancia
Reglamento interno
Asamblea General
Tipos de asambleas (Art. 24)
Ordinarias.
Extraordinarias.
Convocatorias
Disposiciones por las que se regirá la asamblea (Art. 25)
Serán celebradas en las instalaciones delcondominio.
Sesionarán válidamente con la asistencia de por lo menos el setenta y
cinco por ciento del total de los condóminos, en primera convocatoria;con
más del cincuenta por ciento de éstos, en segunda convocatoria.
Serán presididas por quien designe la Asamblea General.
Los condóminos podrán ser representados en la Asamblea General por
apoderados con carta poder otorgada ante dostestigos.
Las votaciones serán personales y directas.
Las resoluciones de la Asamblea General se aprobarán por mayoría.
Libro de actas
El secretario tendrá siempre a la vista de los asistentes el libro de actas
de la Asamblea General autorizado e informará en un plazo de siete días
hábiles por escrito a cada condómino, las resoluciones que adopte la
Asamblea General.
Aprobación de lasresoluciones en la asamblea
Mayoría simple
Mayoría especial
Facultades de la asamblea general
Modificar la escritura constitutiva del régimen
Aprobar la extinción voluntaria del régimen;
Comité de vigilancia
Reglamento interno
Administrador
Gastos
Condóminos y poseedores
Casos de morosidad
Administrador
Representación legal de los condóminos
Requisitospara desempeñar el cargo
Designación y duración del cargo del primer administrador
Casos especiales de organización condominal y designación del administrador
Duración del cargo del administrador
Causas de remoción del administrador condómino
Terminación del cargo del administrador profesional
Entrega-recepción
Facultades
Obligatoriedad de las disposiciones dictadaspor el administrador
Consejo de administradores(Presidente, Secretario, Tesorero)
Comité de vigilancia
El órgano de control y vigilancia integrado por condóminos electos por la
asamblea general, cuya función es la de vigilar, revisar, supervisar,
evaluar y dictaminar el desempeño de las tareas del administrador, así
como la ejecución de los acuerdos y decisiones aprobadas por la
asambleageneral en relación a los asuntos comunes del condominio.
Articulo 43.- los condominios deberán contar con un comité
de vigilancia integrado por dos o hasta cinco condóminos,
dependiendo del numero de unidades de propiedad privativa,
designándose de entre ellos un presidente y de uno a cuatro
vocales, mismos que actuaran de manera colegiada, y sus
decisiones se tomaran por mayoría simple. Unaminoría que
represente por lo menos el veinte por ciento del valor total
del inmueble, tendrá derecho a designar a uno de los vocales
Articulo 44.- la designación del comité de vigilancia será por
dos años o por el termino que determine el reglamento
interno, o bien, hasta en tanto no sean removidos de su
cargo por la asamblea general, desempeñándose en forma
honorifica. Sus integrantes podrán serratificados por un
periodo consecutivo.
Articulo 45.- el Comité de Vigilancia tendrá las siguientes atribuciones:
I.
Cerciorarse de que el administrador cumpla con los acuerdos de la Asamblea General;
II.
Revisar bimestralmente o con periodicidad señalada por la Asamblea General, etc.
III.
Supervisar que el administrador
IV.
Contratar y dar por terminados los servicios que se hubieren
V.Dar su conformidad para la realización de las obras
VI.
Verificar y emitir dictamen de los estados de cuenta que debe rendir el o los administradores ante la Asamblea General
VII.
Constatar y supervisar la inversión de los fondos;
VIII. Dar cuenta a la Asamblea General de sus observaciones
IX.
Coadyuvar con el administrador en observaciones
X.
Convocar a Asamblea General cuando a...
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