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Como se recordará, el ya derogado artículo 155 del Código Civil para el Distrito Federal indicaba: “El matrimonio es la sociedad legítima de un sólo hombre y una sola mujer, que se unen con vínculo indisoluble para perpetuar la especie y ayudarse a llevar el peso de la vida”.
El transcrito precepto, especialmente en la parte que alude a que el vínculo del matrimonio esindisoluble, es expresión de la voluntad del legislador para dar a esta institución la deseada, aun hoy, característica de no extinción, a no ser por la muerte de los cónyuges.
El deseo de indisolubilidad matrimonial es manifestación de diversos intereses en juego: un hogar tranquilo, la educación y el ejemplo a los hijos, la paz y tranquilidad sociales, etcétera; pero por razones que a continuación seexpresarán se ha tenido que adoptar el divorcio y la nulidad del matrimonio.
Divorcio y nulidad se consideran males menores que mantener un vínculo matrimonial dañino para los esposos, para su familia y para la sociedad.
Desgraciadamente, las instituciones del divorcio y de la nulidad se suelen utilizar como pretexto para vidas licenciosas.
Lo ideal sería un matrimonio con los caracteres apuntadosen el precepto transcrito, que seguramente daría origen a una sociedad, del que es piedra angular, que fuese tranquila. En un matrimonio con dichos caracteres se pueden educar hijos que lleguen a ser ciudadanos útiles a la patria.
¿Requisitos para contraer el matrimonio?
Para que el matrimonio pueda ser un acto jurídico válido y legal es necesario que se cumplan ciertos requisitos de fondoo intrínsecos, y de forma, o extrínsecos.
Entre los primeros se hallan:
La diversidad de sexo, establecida ya desde el Derecho Romano, donde se definía esta institución como “la unión del hombre y la mujer…” ha sufrido una enorme evolución en los últimos años, reconociéndose en algunas legislaciones el matrimonio entre personas del mismo sexo. La Ley 13, del 1 de julio de 2005, modificó elCódigo Civil español, reconociendo el matrimonio entre personas del mismo o de diferente sexo. Europa cuenta con el Parlamento Europeo en defensa de la aprobación de estos matrimonios, cuya prohibición considera discriminatoria. Sin embargo la mayoría de los países europeos solo aceptan las uniones homosexuales con efectos similares al matrimonio, no llamándolos expresamente matrimonios. Además deEspaña, ya lo habían regulado como matrimonio, los Países Bajos en el año 2001, y Bélgica en el año 2003. Otras legislaciones en América Latina, comenzaron por equiparar en sus efectos las uniones homosexuales al matrimonio, como en Colombia, Ciudad de México, las ciudades argentinas de Buenos Aires, Carlos Paz (Córdoba) y la provincia de Río Negro, y Uruguay. La influencia de la iglesia en noreconocer estas uniones ha tenido gran influencia en su resistencia legal y frente a la opinión pública.
El artículo 159 del Código Civil argentino, con las modificaciones de la ley 23.515, establece que el lugar de su celebración es el que establece los requisitos intrínsecos y extrínsecos para su validez.
Otro requisito es el consentimiento de los cónyuges que debe ser pleno y libre (artículo 172)ante la autoridad competente. Los dementes, y en general los que no pueden comprender el significado de este trascendental acto, no pueden casarse. Si son menores de edad, pero reúnen la edad mínima legal para contraer matrimonio deberán contar con la autorización de sus padres o con la venia judicial supletoria. Se consideran vicios del consentimiento cuando éste se hubiera prestado mediandoviolencia, dolo o error, respecto a la persona del otro cónyuge o sus cualidades, probándose que de haber conocido el error no hubiese prestado su consentimiento.
El Derecho Canónico establece como edades mínimas para contraer matrimonio, la de 16 años en el varón, y 14 en la mujer. Estas edades son la mayoritariamente aceptadas en el mundo, aunque comenzaron a plantearse propuestas para elevar esas...
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