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La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 17 de enero del 2005
Nº 11 - 9 Páginas
REGLAMENTOS
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
REGLAMENTO TÉCNICO GENERAL SOBRE SEGURIDAD HUMANA Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Con fundamento en el capítulo VI, artículo 34 Directrices, de la Ley Nº 8228, “Ley del Cuerpo de Bomberos del Instituto Nacional de Seguros”, publicada en La Gaceta Nº 78 delmiércoles 24 de abril del 2002. Considerando: I.—Que el artículo 13 de la Ley del Cuerpo de Bomberos del Instituto Nacional de Seguros establece la responsabilidad del Estado costarricense, sus instituciones y órganos, así como de todos los habitantes del territorio nacional, de prevenir incendios y situaciones específicas de emergencia. II.—Que el artículo 5 de la Ley del Cuerpo de Bomberos delInstituto Nacional de Seguros establece dentro de las funciones del Cuerpo de Bomberos: la prevención, atención, mitigación, control, investigación y evaluación de los incendios. III.—Que una de las funciones del Cuerpo de Bomberos del INS, es prevenir situaciones en general que pongan en riesgo las vidas humanas y bienes materiales de todos los habitantes del territorio nacional. Se publica elsiguiente Reglamento. REGLAMENTO TÉCNICO GENERAL SOBRE SEGURIDAD HUMANA Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Artículo 1º—Objeto. El presente Reglamento contiene aspectos de orden general sobre seguridad humana y protección contra incendios. El mismo es de aplicación obligatoria en todo proyecto de construcción de obra civil, edificación existente o cualquier lugar destinado a la ocupación de personas sea estatemporal o permanente. Artículo 2º—Disposiciones complementarias. El Cuerpo de Bomberos, mediante disposiciones de la Gerencia del Instituto Nacional de Seguros dictará el Manual de normas técnicas complementarias a que se refiere este reglamento. Las versiones surgidas por las revisiones anuales que realice el Cuerpo de Bomberos serán aprobadas por la Gerencia. Artículo 3º—Adopción de normativaNFPA. Como complemento a este Reglamento sobre seguridad humana y protección contra incendios, el Cuerpo de Bomberos del INS, adopta la totalidad del paquete normativo de la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego (National Fire Proteccion Association, NFPA por sus siglas en inglés), organismo internacional especializado en la materia. Dichas normas serán de acatamiento obligatorio en eldiseño de nuevas edificaciones, remodelación de edificios, diseño e instalación de sistemas contra incendios tanto de protección activa como pasiva, inspecciones de seguridad y en la organización de eventos en los cuales se proyecte una concentración superior a las 50 personas. Artículo 4º—Excepciones a la normativa. El Cuerpo de Bomberos del INS dictará e incorporará dentro del Manual de NormasTécnicas complementarias a este Reglamento sobre seguridad humana y protección contra incendios, las excepciones de aplicación de aquellas normas, capítulos o artículos cuyo contenido no sea posible aplicar en el país, debido a imposibilidad técnica o por estar en contraposición de leyes, decretos o reglamentos previamente establecidos. Artículo 5º—Acceso a la información. El Manual de NormasTécnicas complementarias a este Reglamento estará a disposición para consulta en el Departamento de Ingeniería del Cuerpo de Bomberos, en las Estaciones de Bomberos a nivel nacional, en la biblioteca del Instituto Nacional de Seguros y en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica. El paquete normativo de la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego (NFPA), está a disposiciónpara consultas en el Departamento de Ingeniería del Cuerpo de Bomberos, Biblioteca del Instituto Nacional de Seguros y el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica. Así mismo este último facilitará la compra de las normas NFPA a los interesados en adquirirlas. San José, 10 de enero del 2005.—Comunicación Institucional.—Lic. Frank Sanabria Villalobos, Subjefe.—1 vez.—(O. C. Nº...
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