Administrador hospitalario funciones
Servicio de Salud Colombia
REPUBLICA DE COLOMBIA
Poder Público - Rama Legislativa
DIARIO OFICIAL 44.558
LEY 691
18/09/2001
mediante la cual se reglamenta la participación de los Grupos Etnicos en el Sistema General de Seguridad Social en Colombia.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
CAPITULO I
Aplicación, objeto, principios y autoridades
Artículo 1°. Aplicación.La presente ley reglamenta y garantiza el derecho de acceso y la participación de los Pueblos Indígenas en los Servicios de Salud, en condiciones dignas y apropiadas, observando el debido respeto y protección a la diversidad étnica y cultural de la nación. En alcance de su aplicación, reglamenta la forma de operación, financiamiento y control del Sistema de Seguridad Social en Salud, aplicable alos Pueblos Indígenas de Colombia, entendiendo por tales la definición dada en el artículo 1° de la Ley 21 de 1991.
Artículo 2°. Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger de manera efectiva los derechos a la salud de los Pueblos Indígenas, garantizando su integridad cultural de tal manera que se asegure su permanencia social y cultural, según los términos establecidos en la ConstituciónPolítica, en los Tratados Internacionales y las demás leyes relativas a los pueblos indígenas.
Artículo 3°. De los principios. Para la interpretación y aplicación de la presente ley, además de los principios generales consagrados en la Constitución Política y de los enunciados en la Ley 100 de 1993, es principio aplicable el de la diversidad étnica y cultural; en virtud del cual, el sistemapracticará la observancia y el respeto a su estilo de vida y tomará en consideración sus especificidades culturales y ambientales que les permita un desarrollo armónico a los pueblos indígenas.
Artículo 4°. Autoridades. Además de las autoridades competentes, del Sistema General de Seguridad Social en Salud, serán para la presente ley, instancias, organismos e instituciones, las autoridadestradicionales de los diversos Pueblos Indígenas en sus territorios, para lo cual siempre se tendrá en cuenta su especial naturaleza jurídica y organizativa.
CAPITULO II
Formas de vinculación
Artículo 5°. Vinculación. Los miembros de los Pueblos Indígenas participarán como afiliados al Régimen Subsidiado, en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, excepto en los siguientes casos: 1. Que estévinculado mediante contrato de trabajo. 2. Que sea servidor público. 3. Que goce de pensión de jubilación. Las tradicionales y legítimas autoridades de cada Pueblo Indígena, elaborarán un censo y lo mantendrán actualizado, para efectos del otorgamiento de los subsidios. Estos censos deberán ser registrados y verificados por el ente territorial municipal donde tengan asentamiento los pueblosindígenas.
Parágrafo 1°. El Ministerio de Salud vinculará a toda la población indígena del país en el término establecido en el artículo 157 literal b, inciso segundo de la Ley 100 de 1993.
Parágrafo 2°. La unificación del POS-S al POS del régimen contributivo se efectuará en relación con la totalidad de los servicios de salud en todos los niveles de atención y acorde con las particularidadessocioculturales y geográficas de los pueblos indígenas.
CAPITULO III
Del régimen de beneficios
Artículo 6°. De los planes de beneficios. Los Pueblos Indígenas serán beneficiarios de los planes y programas previstos en la Ley 100 de 1993, así: 1. Plan Obligatorio de Salud. 2. Plan Obligatorio de Salud Subsidiado (conforme se define en el Acuerdo 72 de 1997 del Consejo Nacional de Seguridad Social enSalud). 3. Plan de Atención Básica. 4. Atención Inicial de Urgencias. 5. Atención en Accidentes de Tránsito y Eventos Catastróficos. Las actividades y procedimientos no cubiertos por ninguno de los anteriores Planes y Programas, serán cubiertos con cargo a los recursos del Subsidio a la Oferta en las Instituciones Públicas o las Privadas que tengan contrato con el Estado.
Artículo 7°. El Plan...
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