Capítulo IV Del Régimen Económico El capital de las sociedades cooperativas se integrará con las aportaciones de los socios. Ycon los rendimientos que la Asamblea General acuerde se destinen para incrementarlo, además de considerar lo establecido en el artículo 63 de esta Ley. Las aportaciones podrán hacerse enefectivo, bienes derechos o trabajo; estarán representadas por certificados que serán nominativos, indivisibles y de igual valor, las cuales deberán. Actualizarse anualmente. La valorización de lasaportaciones que no sean en efectivo, se hará en las bases constitutivas o al tiempo de ingresar el socio por acuerdo entre éste y el Consejo de Administración, con la aprobación de la AsambleaGeneral en su momento Cada socio deberá aportar por lo menos el valor de un certificado, Al constituirse la sociedad cooperativa o al ingresar el socio a ella, será obligatoria la exhibición del 10%cuando menos, del valor de los certificados de aportación. Cuando la Asamblea General acuerde reducir el capital que se juzgue excedente, se hará la devolución a los socios que posean mayornúmero de certificados de aportación o a prorrata si todos son poseedores de un número igual de certificados. Cuando el acuerdo sea en el sentido de aumentar el capital, todos los socios quedaránobligados a suscribir el aumento en la forma y términos que acuerde la Asamblea General. Las sociedades cooperativas podrán constituir los siguientes fondos sociales:I.- De Reserva; II.-De Previsión Social, yIII.- De Educación Cooperativa. Las sociedades cooperativas en cada ejercicio social....
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