administrativo 18 07 16
Universidad Santa María 4to SemestreCátedra de Derecho Administrativo IIProfesor: Dr. Rafael Roberto Linares
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LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVAConcepto
En sentido general, se entiende por
Actividad Administrativa o Función Administrativa
, todaactuación de la Administración Pública en ejercicio del Poder Público.
Principios
La Actividad Administrativa o Función Administrativa se rigepor los siguientes principios:
- Principio de Legalidad Administrativa
Está previsto en el artículo 1º de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, yconsiste en el mandamiento de la ley de enmarcar toda la actividad de la Administración
Pública dentro de las limitaciones fijadas en ella. Es lo que en otras palabras se denomina “elcarácter sublegal de la actividad administrativa”, que nole permite a la Administración invadir
competencias propias de otros poderes, como es el caso de la creación de impuestos ycontribuciones, el establecimiento de delitos y sanciones, y la regulación o limitación de lasgarantías constitucionales, materias éstas que tradicionalmente han sido reserva legal dellegislador.
- Principio de Autotutela
Está previsto en los artículos 81, 82, 83 y 84 de la LeyOrgánica de ProcedimientosAdministrativos, y consiste en la facultad que la ley le otorga a la Administración de corregir,subsanar, convalidar y hasta reconocer la nulidad absoluta de los actos administrativosdictados por ella.
- Principio de Irrevocabilidad de los Actos Administrativos creadores de Derechos
Está previsto, por interpretación en contrario, en el artículo 82 de la Ley OrgánicadeProcedimientos Administrativos, que nos establece la posibilidad de la Administración derevocar los actos administrativos, cuando no hayan creado derechos subjetivos a favor de losparticulares. Pero cuando la Administración revoca un acto administrativo que haya creadoderechos a favor del particular, la misma ley sanciona con nulidad absoluta el nuevo acto
(Art.
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19, ordinal 2°).NOTA:
Cabe destacar que los actos absolutamente nulos, de nulidad absoluta, no puedencrear derechos ni surtir ningún efecto, por la naturaleza misma del vicio que los afecta. Enconsecuencia, muy a pesar de haber dado la apariencia de surtir efectos, pueden ser revisadosen cualquier momento, de conformidad con el art. 83 L.O.P.A.
- Principio de Inderogabilidad Singular de los Actos Administrativos
Tienesu fundamento en el artículo 13 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos,bajo el cual los actos administrativos de efectos generales no pueden ser vulnerados oderogados por actos administrativos de efectos particulares, aún cuando fueren dictados porautoridad igual o superior a la que dictó la disposición general.
- Principio de ValorPrecedente, Irretroactividad e Irrevocabilidad de los Actos Administrativos
Encuentra su fundamento en el artículo 11 de la Ley Orgánica de ProcedimientosAdministrativos, y establece que los criterios establecidos por la Administración puedenmodificarse, pero no pueden aplicarse a situaciones administrativas pasadas y ya decididas,salvo que sean más favorables a los administrados. En este último caso, la Administración,cuando modifica su criterio,no puede verse compelida a modificar los actos administrativosdictados con anterioridad y ya firmes, consagrando con ello el principio de irrevocabilidad delos actos administrativos.
Formas de Manifestarse
La Actividad o Función Administrativa se ejerce o manifiesta a través de cuatro formas jurídicasespecíficas, previstas en el ordenamiento jurídico para su exteriorización, que son: a) elhechoadministrativo; b) el contrato administrativo; c) el reglamento administrativo; y d) el actoadministrativo.
HECHO ADMINISTRATIVODefinición
El hecho administrativo es una actuación material, física, perceptible por los sentidos, realizada
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por un funcionario público con...
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