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Páginas: 19 (4579 palabras) Publicado: 10 de noviembre de 2013
C.- LAS NUEVAS NORMAS PROCESALES RELATIVAS A LOS JUICIOS DE AMPARO
La SC del TSJ, en diversas sentencias ha modificado de forma irregular el procedimiento en materia de amparo, actuado como legislador positivo.
a. Las nuevas normas procesales en los casos de acción autónoma de amparo
La SC del TSJ, “interpretó” el art 27 de la CRBV (acción de amparo) y “adaptó” el procedimiento regulado enla Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, al texto de la nueva Constitución, estableciendo nuevo procedimiento que impropiamente modifica o reforma el regulado en la Ley Orgánica.
En la sentencia Nº 7 de 01-02-2000 (Caso José A. Mejía y otros), la Sala, prevé que el procedimiento de la acción de amparo constitucional “será oral, público, breve, gratuito y no sujeto aformalidades” (art 27 de la CRBV); la oralidad y ausencia de formalidades que permiten que la autoridad judicial restablezca a la mayor brevedad, la situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella; el 49 de la CRBV impone el debido proceso, sus elementos deben estar presentes en el procedimiento de amparo cuyas normas procesales también deben adecuarse a dicha norma,
“… elagraviante, tiene derecho a que se le oiga a fin de defenderse, lo que involucra que se le notifique efectivamente de la solicitud de amparo; de disponer del tiempo, así sea breve, para preparar su defensa; de la posibilidad, que tienen todas las partes, de contradecir y controlar los medios de prueba ofrecidos por el promovente,(debido proceso)”.
Como consecuencia de esta orientación,distinguiendo si se trata de amparos contra sentencias o de los otros amparos, excepto el cautelar:
a.1 El procedimiento en la acción de amparo que no sea contra sentencias
a.1.1 El inicio del procedimiento
De acuerdo con la sentencia Nº 7 de la Sala Constitucional:
1., el proceso se iniciará por escrito o en forma oral conforme a los arts. 16 y 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechosy Garantías Constitucionales
a.1.1.1 La indicación, con la solicitud, de los medios de prueba
La sentencia de la Sala Constitucional agrega que:
“… pero el deberá también señalar en su solicitud, oral o escrita, las pruebas que desea promover, siendo esta una carga cuya omisión produce la preclusión de la oportunidad, no solo la de la oferta de las pruebas omitidas,sino la de la producción de todos los instrumentos escritos, audiovisuales o gráficos, con que cuenta para el momento de incoar la acción y que no promoviere y presentare con su escrito o interposición oral”
a.1.1.2 El principio de la libertad de medios probatorios
Sobre los medios de prueba, la sentencia Nº 7 de la Sala Constitucional dispuso:
“El principio de libertadde medios regirá estos procedimientos, valorándose las pruebas por la sana critica, excepto la prueba instrumental que tendrá los valores establecidos en los art 1359 y 1360 del CCV para los documentos públicos y en el art 1363 del mismo Código para los documentos privados auténticos y otros que merezcan autenticidad, entre ellos los documentos públicos administrativos”.
a.1.2 Laadmisión de la solicitud
Presentada la solicitud de amparo, conforme a la sentencia de la Sala:
“Los Tribunales o la SC que conozcan de la solicitud de amparo, por aplicación de los artículos de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, admitirán o no el amparo, ordenarán que se amplíen los hechos y las pruebas, o se corrijan los defectos u omisiones de la solicitud, para locual se señalará un lapso, también preclusivo. Todo conforme a los art 17 y 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales”.
a.1.3 La citación y las notificaciones para la audiencia constitucional
Una vez admitida la acción, de acuerdo con la sentencia de la Sala Constitucional:
“… se ordenará la citación del presunto agraviante y la notificación del...
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