administrativo bienes
La regulación contenida tanto en la Constitución Política proferida en julio de 1991 como en la legislación civil, permite distinguir en el ordenamiento jurídico colombiano, genéricamente, dos clases de bienes, cada una de ellas sujeta a su propio régimen jurídico: bienes públicos y bienesprivados; así lo ha reconocido la jurisprudencia de la Corte Constitucional:
“Los bienes del Estado pueden ser: de dominio público o de dominio privado. Los bienes de dominio público se caracterizan porque su uso es público o están afectados directa o indirectamente a la prestación de un servicio público y se rigen por normas especiales; los de dominio privado se equiparan a los de los particulares.Sólo la ley puede determinar cuáles bienes son de dominio público y cuáles de dominio privado” .
Algún sector de la doctrina, especialmente la civilista, cuando se refiere a la referida tipología de los bienes que los distingue entre públicos y privados, utiliza como criterio diferenciador entre las dos clases la titularidad de los mismos, es decir, parte de determinar quién ostenta la calidad deseñor y dueño sobre un determinado bien para conferirle a éste su naturaleza jurídica, por manera que se catalogan como privados aquellos cuyo dominio se encuentra en cabeza de un particular, mientras que respecto de aquellos cuya titularidad pertenece al Estado se predica la condición de públicos ; sin embargo, el anterior criterio no es el único que se utiliza para clasificar la naturaleza jurídicade los bienes, toda vez que en el ordenamiento jurídico colombiano es factible que un bien cuya titularidad pertenece a un particular, se encuentre afectado a un uso público, circunstancia que conlleva una limitación en el derecho de dominio respecto de dicho bien .
Lo dicho no implica que el criterio que ha de prevalecer para determinar la naturaleza jurídica de los bienes sea el de laafectación de los mismos, pues tampoco puede soslayarse la importancia del principio que ha dado en denominarse como el de dominio eminente, en virtud del cual la Nación, en cuanto titular y a través del Estado ─por conducto de las autoridades nacionales o de las de sus entidades territoriales─, ejecuta actos de soberanía respecto de algunos de esos bienes públicos ─en vez de actos de dominio sobre losmismos─, traducidos en el ejercicio de una verdadera potestad regulatoria respecto de su manejo y de las garantías que deben acompañarles . En el anterior orden de ideas, dentro de la categoría de los bienes públicos debe darse cuenta de (i) aquellos bienes de la Nación ─criterio de la titularidad─ en relación con los cuales la misma ejerce una relación de soberanía o de dominio eminente y de (ii)aquellos bienes de dominio público ─criterio de la afectación─ respecto de los cuales se tiene en cuenta la finalidad pública a la que los mismos tienen la vocación de servir y que constituyen un género dentro del cual pueden ser identificadas varias especies, como lo ha indicado la jurisprudencia constitucional:
“2. Clases de nexos entre un bien y un titular en la Constitución de Colombia de1991.
En el contexto de la Constitución de 1991 la propiedad está protegida y garantizada junto con los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles.
La Carta distingue tres clases de propiedad: privada, estatal y pública. A continuación se analiza cada una de ellas.
(…)
a. Bienes de dominio privado.
El artículo 58 de la Constitución establece que se garantiza la propiedad privada ylos demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores.
(…)
b. Bienes del Estado.
(…)
El artículo 102 de la Constitución al referirse al territorio y a "los bienes públicos que de él forman parte", para señalar que pertenecen a "la Nación", consagra el llamado dominio eminente: el Estado no es titular del...
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