ADMINISTRATIVO

Páginas: 7 (1577 palabras) Publicado: 28 de octubre de 2013
5. El arrendador financiero tendrá el derecho de abstención
del convenio de acreedores, regulado en el artículo
22 de la Ley de Suspensión de Pagos, pudiendo
ejercitar los derechos reconocidos en la Ley de forma
separada.
En los supuestos de quiebra o concurso de acreedores,
los bienes cedidos en arrendamiento financiero
no se incluirán en la masa, debiéndose poner a disposición
delarrendador financiero, previo reconocimiento
judicial, de su derecho.
Lo dispuesto en los párrafos precedentes se entenderá,
sin perjuicio del derecho del arrendador financiero,
al cobro de las cuotas adeudadas en la fecha de la declaración
del estado legal de suspensión de pagos, quiebra,
concurso de acreedores y quita y espera del arrendamiento
financiero, en la forma prevista en la Ley paradichos supuestos.
6. Los contratos de arrendamiento financiero se inscribirán
en una sección especial del Registro de Venta
a Plazos de Bienes Muebles.
Disposición adicional segunda. Anotación preventiva
de demanda y embargo.
Cuando el mandamiento judicial ordene la práctica
de una anotación preventiva de embargo o, en su
caso, de demanda de propiedad, de un bien mueble
no inscrito, elacreedor o demandante podrá solicitar
del Juez, en el mismo procedimiento, que requiera del
deudor o demandado la inscripción previa y el depósito
o secuestro judicial del bien, bajo advertencia de que,
en otro caso, dicha anotación abrirá folio en el Registro
de Venta a Plazos de Bienes Muebles para asegurar la
ejecución de la resolución judicial.
Dicha anotación tendrá una vigencia decuatro años
y, una vez transcurrido dicho plazo, se cancelará de oficio
o a instancia de cualquier interesado, si no consta en
el Registro su prórroga.
Las mismas reglas se aplicarán a los procedimientos
administrativos de apremio, conforme a su propia naturaleza.
Disposición adicional tercera. Registro de Bienes Muebles.
El Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles se
integrará en el futuroRegistro de Bienes Muebles, a
cargo de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles,
conforme disponga su Reglamento.
Disposición transitoria única.
Los contratos de venta a plazos de bienes muebles,
nacidos al amparo de la Ley 50/1965, de 17 de julio,
se regirán por sus disposiciones. No obstante, los contratos
inscritos en el Registro, que hayan nacido bajo
el mandato de la Ley50/1965, se regirán por la presente
Ley en todo cuanto no se oponga a lo dispuesto en
aquélla.
A los efectos de la aplicación a estos contratos del
procedimiento previsto en el artículo 16.2 de esta Ley,
servirá de tipo de la primera subasta el precio de venta
al contado según conste estipulado en los mismos.
Disposición derogatoria única.
1. Se deroga la Ley 50/1965, de 17 de julio, sobreVenta a Plazos de Bienes Muebles.
2. Se deroga la disposición final segunda de la Ley
7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo.
3. Se deroga el Decreto 1193/1966, de 12 de
mayo, por el que se dictan disposiciones complementarias
de la Ley 50/1965, sobre Venta a Plazos de Bienes
Muebles.
4. Queda en vigor la Orden de 15 de noviembre
de 1982, por la que se aprobó la Ordenanza para elRegistro de Venta a Plazos de Bienes Muebles, en todo
aquello que no se oponga a la presente Ley.
5. Quedan sin efecto cuantas normas de igual o
inferior rango se opongan a lo establecido en esta Ley.
Disposición final primera. Habilitación al Gobierno.
El Gobierno, a propuesta conjunta de los Ministros
de Justicia y de Economía y Hacienda, dictará las disposiciones
necesarias para eldesarrollo y aplicación de
esta Ley.
Disposición final segunda. Habilitación al Ministro de
Justicia.
El Ministro de Justicia dictará las disposiciones relativas
a la organización y funcionamiento del Registro
de Venta a Plazos de Bienes Muebles.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor a los sesenta días
de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»....
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