Administrativo

Páginas: 6 (1289 palabras) Publicado: 29 de octubre de 2014
Caso nm. 2 I. La Ley 3/2013 de 10 de Enero establece el rgimen jurdico de las industrias dedicadas al sector del automviles. En el captulo cuarto de la Ley se regulanmnimamente las autorizaciones que dichas empresas han de obtener antes de iniciar su actividad y se remite a una disposicin general que las complete. Estas autorizaciones son segn la Ley dos, una del Ministerio de Ciencia y Tecnologa, y otra del Ministerio de Economa, y la propia Ley dispone que se dicten dos disposiciones generales, una por cada uno de estos ministerios, que completen la regulacin.Por delegacin del Ministro de Ciencia y Tecnologa, el Secretario de Estado de Industria aprob Orden de 10 de junio de 2014, (que se publica el 11 de septiembre), por la que se regulaban las dos autorizaciones establecidas en la Ley (tanto la que ha de otorgar el Ministerio de Economa como ha que corresponde al Ministerio de Ciencia y Tecnologa), que, para mayor simplicidad, quedaban unificadasen una sola que deba otorgarse por el personal del Ministerio de Ciencia y Tecnologa, y se introducan una serie de modificaciones sustanciales en cuanto a los requisitos que haban de cumplirse para que las mismas fueran otorgadas. Asimismo, en el procedimiento de elaboracin de esta disposicin se prescindi del dictamen del Consejo de Estado, si bien s se dio audiencia a todas las entidadesinteresadas. La empresa AUTOMOVILES SEVILLA, S.A. tuvo conocimiento de que se haba dictado la disposicin el mismo da de su publicacin en el BOE, , cuando se encontraba ultimando las obras para la apertura de una nueva instalacin CUESTIONES 1)Existe algn vicio en las disposicin de 10 de julio de 2014 qu efectos produce para la validez de la misma. S, podemos encontrar un vicio en la disposicin de 10 dejulio de 2014 puesto que al no haber procedido a informar al Consejo de Estado y a pesar de haber puesto en conocimiento de todos los interesados en esta disposicin, estara habiendo una irregularidad en el proceso de aprobacin de una orden de estas caractersticas. Estaramos hablando de un vicio de carcter procesal. Por otro lado, vemos que en el caso de la empresa AUTOMVILES SEVILLA S.A que no seestara respetando los requisitos anteriormente demandados por las disposiciones generales y de acuerdo a la ley 3/2013 dictadas, por lo que dicha empresa automovilstica, quiz no estara cumpliendo con los requisitos para su apertura, as como la desinformacin en la que se encontrara la empresa. 2) Si la empresa AUTOMOVILES SEVILLA, S.A. considera que la disposicin de 10 de julio de 2013 es nula, indicaa) qu recursos puede interponer directamente contra dicha disposicin y, si esta en plazo Podra la empresa interponer un recurso potestativo de reposicin ante la Administracin por la disposicin de carcter general dictada puesto que segn el articulo 116.1 de la ley 30/92 donde se encuentra, para la anulabilidad del acto por el vicio encontrado. As mismo el plazo para su interposicin ser de un messi el acto fuese expreso como indica el artculo 117.1 de la ley 30/92. Si ste no fuese dictado de manera expresa, el recurso se podr disponer en un periodo de tres meses, contados para el solicitante, en este caso AUTOMVILES SEVILLA S.A a partir del da siguiente a aquel en que se produzca el presunto acto. Por tanto, una vez explicado el plazo, podemos ver que la empresa AUTOMVILES SEVILLA S.A sest en el plazo disponible para la interposicin del recurso potestativo de reposicin contra la disposicin dictada. b) en caso de no estar en plazo para recurrir directamente esa disposicin, qu va de impugnacin puede interponer y cmo. La empresa AUTOMVILES SEVILLA S.A podr interponer un recurso a travs del orden jurisdiccional contencioso-administrativo como indica el artculo 116.1 pero no...
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