administrativo

Páginas: 6 (1311 palabras) Publicado: 10 de noviembre de 2014
CASO PRÁCTICO Nº 2
LAURA TALAVERA ULLA GRUPO 40

Tomando como referencia la Sentencia núm. 91/1985 de 23 julio del Tribunal Constitucional (91/1985) responda a las siguientes cuestiones:
1. Resuma brevemente los principales elementos competenciales que se plantean.
Los elementos competenciales planteados en este conflicto son:
Por un lado nosencontramos con la postura mantenida por el Estado Central en el caso de los aditivos y productos relacionados, quien alega ser el que tiene la competencia en este caso aludiendo a que nos encontramos ante una competencia de tipo normativo y por lo tanto perteneciente a su ámbito de actuación.
Por otro lado está la Generalidad, quien mantiene que a quien le corresponde la competencia en este conflicto esa ella puesto que nos encontramos en una competencia de ejecución, y no esa base de contenido mínimo que ha de ser asentada por el Estado central, si no en el posterior desarrollo competencia de la Comunidad.
2. ¿Qué clase de conflicto competencial se plantea?
El conflicto planteado en la Sentencia núm. 91/1985 de 23 de Julio del Tribunal Constitucional (91/198), nos encontramos ante unconflicto de competencias positivo entre la Generalidad de Cataluña y el Gobierno central, en este tipo de conflicto competencial, ambos órganos creen tener la competencia sobre el objeto del conflicto, y por ello desean ejercerla, puesto que creen que el otro órgano está incumpliendo el orden de competencias establecido en la Constitución (Artículos 149 y 148). En este caso el objeto del conflicto essobre autorización e inscripción en el Registro General Sanitario de determinados producto, en este caso unos aditivos.
3. ¿Cuáles son los principales argumentos jurídicos de la Generalidad de Cataluña?
La Generalidad de Cataluña, alude a que nos encontramos en primer lugar dentro del concepto material de ejecución en materia de Sanidad del Interior, y señala que esta competencia le fue atribuida ala Generalidad por el Artículo 17.1 de su estatuto, por el cual: “corresponde a la Generalidad de Cataluña el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado en materia de sanidad interior”. Y además el Real Decreto 2210/1979, de 7 de septiembre, atribuyó a la Generalidad competencias en materia de sanidad interior, la competencia del desarrollo legislativo y laejecución de la legislación básica en la materia.
La Generalidad dice que si bien es cierto que corresponde al Estado la fijación de “criterios técnicos de aplicación” es decir instrucciones con el fin de que exista un sistema sanitario homogéneo en el territorio español, pero si bien le corresponde a la Generalidad la aplicación concreta de esas instrucciones en su ámbito territorial, caso en el que nosencontramos puesto que el producto concreto que tiene tales aditivos al ser concretos y específicos, tienen la naturaleza de acto de “ejecución” y como tal es competencia de la Comunidad Autónoma.
Además hace referencia a que en ningún momento “ni la fijación de bases ni la coordinación general deben llegar a tal grado de desarrollo que dejen vacías de contenido las correspondientes competenciasde las Comunidades Autónomas” (Sentencia de este Tribunal de 28 de abril de 1983) (RTC 1983\32).
4. ¿Cuáles son los principales argumentos jurídicos del abogado del estado?
El Estado hace referencia en primer lugar a que la Sentencia 71/1982, de 30 de noviembre (RTC 1982\71), en su fundamento número 7, señaló que el establecimiento de listas positivas (solo se pueden utilizar aquellos aditivoscon autorización expresa) corresponde al área de la competencia estatal, esto se opone a lo que dice la Generalidad quien la incluye en ese ámbito de ejecución y no en el ámbito legislativo del Estado.
Por lo tanto según el Abogado del Estado, la Generalidad de Cataluña está restringiendo la competencia estatal en cuanto a los aditivos, puesto que esta determinación de carácter genérico de...
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