admon. empresas
Articulo21.- Los poderes del Estado aportarán mensualmente a favor del Instituto el medio por ciento (1/2%) del monto total de sueldos y salarios permanentes consignados en el PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos.
El porcentaje establecido en este artículo no será aplicable a los sueldos y salarios devengados por los miembros de las Fuerzas Armadas de Honduras.
Artículo 22.- LasInstituciones Autónomas excepto la Universidad Nacional Autónoma de Honduras aportarán mensualmente a favor del Instituto el uno por ciento (1%) del monto de los sueldos y salarios devengadosArtículo 23.- Las Empresas que ocupan cinco (5) o más trabajadores aportarán mensualmente a favor del Instituto el uno por ciento (1%) del monto de los sueldos y salarios devengados. Para los efectos delimpuesto sobre la renta, las aportaciones de las empresas por este concepto en ningún caso serán deducibles de su renta bruta.
Artículo 24.- Las empresas con un capital en giro mayor de veinte millempiras (Lps. 20,000.00) aportarán mensualmente al Instituto el uno por ciento (1%) del monto de los sueldos y salarios devengados, aunque empleen menos de cinco (5) trabajadores
El Instituto Nacional deFormación Profesional - INFOP, creado mediante Decreto Ley No. 10, del 28 de diciembre de 1972, es la institución rectora de las políticas de formación profesional encaminadas al desarrollo económicoy social del país y para todos los sectores de la economía, proporcionando a los hondureños y hondureñas una opción de formación, capacitación y certificación para enfrentar los retos de la sociedadmoderna.
Oswaldo lopez arellano
FOSOVI
Decreto Nº 131 del 30-10-1991
empleados pagan el 1.5 % de su sueldo total para el y deben ser deducidos de la nomina.
Leonardo callejas
IHSS
Decreto Nº140Del 54 de julio de 1959
Presidente ramón Villeda morales 2.5 % del sueldo total mensual para la asistencia médica y la maternidad. Además, los empleados pagan el 1 % del sueldo mensual total...
Regístrate para leer el documento completo.