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Páginas: 17 (4045 palabras) Publicado: 12 de abril de 2011
Ley 1437 de 2011 Comentarios Dr. Oscar Villegas Garzon
Posted on January 20, 2011 by editor
EL RÉGIMEN DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS EN EL PROYECTO DE CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Por
Óscar Villegas Garzón
En el Proyecto de Código Contencioso Administrativo (Segunda versión integrada de los textos aportados por las Subcomisiones. Octubre 28 de 2008) se introducen varias disposiciones declaro contenido disciplinario, algunas de ellas enmarcadas dentro del propósito del Legislador de puntualizar situaciones específicas que deben regularse en forma expresa y otras que, de alguna manera, adicionan la Ley 734 de 2002.
Aquellas normas que regulan situaciones específicas se justifican en la medida en que sin tal inclusión la pretensión del legislador, en el caso puntual de que setrate, quedaría, al menos en apariencia, desprovista de efecto sancionatorio, lo cual, a la postre, podría conducir a su inocuidad o, por lo menos, a su inoperancia; en tal sentido, tales preceptos, como lo vamos a vemos, adquieren plena justificación dentro del gramado del nuevo Código Contencioso Administrativo.En cambio, otras regulaciones constituyen:
De todas ellas nos vamos a ocupar en elpresente documento
Los comportamientos previstos en normas constitucionales o legales como causales de mala conducta constituyen falta disciplinaria grave o leve si fueren cometidos a título diferente de dolo o culpa gravísima”
“Artículo 60. Faltas de los notarios. Constituye falta disciplinaria grave y por lo tanto da lugar a la acción e imposición de la sanción correspondiente, el incumplimiento delos deberes, el abuso o extralimitación de los derechos y funciones”.
“Artículo 196. Falta disciplinaria. Constituye falta disciplinaria y da lugar a acción e imposición de la sanción correspondiente el incumplimiento de los deberes y prohibiciones, la incursión en las inhabilidades, impedimentos, incompatibilidades y conflictos de intereses previstos en la Constitución, en la Ley Estatutaria dela Administración de Justicia y demás leyes. Constituyen faltas gravísimas las contempladas en este código.
Comentario: como se puede observar lejos de ofrecer claridad acerca de lo que constituye falta disciplinaria, la presencia del artículo 10 del Proyecto perturba, de manera innecesaria, las precisiones conceptuales que están insertas en el Código Disciplinario Único, además de que, cercenalas precisiones acabadas de enlistar, en especial, el artículo 23 transcrito. Sugiero su supresión.
(2) ARTÍCULO 24. Función especial del Ministerio Público y los Personeros Distritales y Municipales. El Ministerio Público y los personeros distritales y municipales tendrán a su cargo: …
4. Aplicar medidas disciplinarias o solicitar su aplicación al que sea competente, a los funcionarios que, sincausa justificada, dificulten o hagan ineficaz el ejercicio del derecho de petición o incurran en las conductas previstas en el artículo siguiente.
… Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de las facultades y deberes constitucionales y legales del Ministerio Público, los cuales deberán cooperar al cumplimiento de lo previsto en este código y aplicar de oficio o a petición departe, medidas disciplinarias a los funcionarios o empleados que les estén sometidos y que, sin causa justificada, dificulten o hagan ineficaz el ejercicio del derecho de petición.
Comentarios: La Constitución Política (artículos 275 a 284) y el Código Disciplinario Único (artículos 1, 2 3,66, 67 y 160) señalan el marco general de competencia disciplinaria del Ministerio Público y, dentro de él, delos Personeros Distritales y Municipales, razón por la cual, el numeral 4 del precitado artículo 24 del Proyecto, y un inciso siguiente, no hacen nada distinto a introducir elementos de confusión y de defectuosa duplicación normativa. No negamos que el deber de “cooperar” puede reiterar otros preceptos vigentes -lo que está bien- pero la carga semántica referida a las “medidas disciplinarias”...
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