Adopcion
DE LA ADOPCION
ARTICULO 99 (Modificado). La adopción se establecerá en interés del mejor desarrollo
y educación del menor, y creará entre el adoptante y adoptado un vínculo de parentesco
igual al exixtente entre padres e hijos, del cual se deriven los mismos derechos y deberes
que en cuanto a la relación paterno - filial establece este Código, extinguiéndose los
vínculos jurídicospaterno - filiales y de parentesco que hayan existido entre el adoptado
y sus padres y los parientes consanguíneos de éstos últimos.
(Este artículo quedó redactado en la forma que se consigna por la Disposición Especial
Segunda del Decreto - Ley No. 76, de 20 de enero de 1984, que regula la Adopción, los
Hogares de Menores y las Familias sustitutas).
ARTICULO 100. Para adoptar deberán reunirse losrequisitos siguientes:
1) haber cumplido veinticinco años de edad;
2) hallarse en el pleno goce de los derechos civiles y políticos;
3) estar en situación de solventar las necesidades económicas del adoptado;
4) tener las condiciones morales y haber observado una conducta que permitan persumir,
razonablemente, que cumplirá respecto al adoptado los deberes que establece el artículo
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ARTICULO101: (Modificado) Los cónyuges realizarán la adopción conjuntamente. No
obstante, uno de los cónyuges podrá adoptar al hijo del otro, si el padre o madre del
menor que se pretende adoptar consintiera, hubiera fallecido, hubiera sido privado de la
patria potestad o fuera desconocido.
Excepto por cónyuges, nadie podrá ser adoptado por más de una persona.
(Este artículo quedó redactado en la forma quese consigna por la Disposición Especial
Segunda del Decreto - Ley No. 76, de 20 de enero de 1984, que regula la Adopción, los
Hogares de Menores y las Familias Sustitutas).
ARTICULO 102. Los adoptantes han de tener por lo menos quince años más de edad que
los adoptados.
ARTICULO 103 (Modificado). Solamente podrán ser adoptados los menores de 16 años
de edad que se encuentren en algunos de los casossiguientes:
1) que sus padres no sean conocidos;
2) que hayan sido abandonados intencionalmente por sus padres;
3) que por cualquier causa se encuentren en estado de abandono y no reciban el debido
cuidado de sus familiares u otras personas que puedan brindárselo, siempre que esta
omisión sea culpable;
4) que respecto a ellos se haya extinguido la patria potestad por la muerte de los padres oambos hayan sido privados de aquéllas;
5) que estén sujetos a patria potestad, si los que la hayan ejercido dieran su
consentimiento; o
6) que no estén sujetos a patria potestad, hayan sido abandonados o se encuentren en
estado de abandono y que por esta razón hayan sido acogidos en hogares de menores o
círculos infantiles mixtos, si los directores de estas instituciones otorgaran suconsentimiento.
(Este artículo quedó redactado en la forma que se consigna por la Disposición Especial
Segunda del Decreto-Ley No. 76, de 20 de enero de 1984)
ARTICULO 104. (Modificado). En todo caso, la adopción será autorizada judicialmente
para que tenga validez y efectos legales, siempre que se justifiquen los extremos
siguientes:
1) Que los adoptantes reúnan los requisitos previstos en los artículos 100,101 y 102;
2) que el adoptado sea menor de 16 años y esté comprendido en alguno de los casos del
Artículo 103; y
3) que existan fundamentos para presumir, razonablemente, que se satisfacen todas las
exigencias a que se contrae el Artículo 99.
(Este artículo quedó redactado en la forma que se consigna por la Disposición Especial
Segunda del Decreto-Ley No. 76, de 20 de enero de 1984). ARTICULO 105.(Modificado). La autorización judicial para adoptar se obtendrá a través del expediente de
jurisdicción voluntaria, que deberá ser promovido por los adoptantes, quienes justificarán
los extremos a que se refiere el Artículo anterior.
Cuando se trate de menores acogidos en hogares de menores o en círculos infantiles
mixtos, las direcciones de estos centros instruirán el expediente de adopción,...
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