Adpostal sentencia

Páginas: 11 (2523 palabras) Publicado: 14 de octubre de 2010
Identificación de la sentencia:
Fecha: Bogotá D.C., treinta de enero de dos mil ocho (2008).
Corte: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCIÓN TERCERA- SUBSECCIÓN B -
Magistrado Ponente: LEONARDO AUGUSTO TORRES CALDERÓN
Expediente: 2004-0925

En la cual se dicta sentencia dentro del proceso que, en ejercicio de la acción de reparación directa consagrada en el artículo 86 del CódigoContencioso Administrativo, instauró BANSUPERIOR S.A. contra la ADMINISTRACIÓN POSTAL NACIONAL, ADPOSTAL.

Problema Jurídico:
Concretamente hemos un problema jurídico del que se desprende varios subproblemas jurídicos directamente relacionados con este.

- ¿Es la Administración Postal Nacional ADPOSTAL responderá por falla en el servicio, al no entregar a BANSUPERIOR S.A., correo certificadocon copia de la Liquidación Oficial de Revisión y producir una certificación expedida el 7 de febrero de 2003, el cual estipula que dicho documento fue entregado a su destinatario?
o ¿ Está a lugar la excepción de caducidad de la acción de reparación directa, estipulada en dos años por la ley?
o ¿ Configura la “perdida de oportunidad” producida por falla en el servicioestatal, responsabilidad patrimonial por parte de este a favor del afectado?

Fundamentos Fácticos:

1. BANSUPERIOR S.A. presentó liquidación privada de impuesto de renta del año 2000, estableciendo un saldo a su favor por la suma de $3.377.511.000. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales modificó dicha liquidación, estableciendo el impuesto a cargo de BANSUPERIOR en la suma de$13.000.326.000.
2. Mediante denuncia formulada el 6 de febrero de 2003, el señor Luís Alirio Galindo Castillo, Jefe de Correspondencia, denunció la pérdida de 120 certificados de la DIAN, entre los cuales estaba el No. 800499, , correspondiente a la Liquidación Oficial de Revisión No. 310642002000213 la cual modificó la mencionada liquidación.
3. Mediante oficio No. 0192 del 10 de febrero de2003, el Director General de ADPOSTAL le informó a la Subsecretaría de Recursos Físicos de la DIAN, que la Liquidación Oficial de Revisión No. 310642002000213 había sido entregada por ADPOSTAL al Banco Superior, el 19 de diciembre de 2002, según constancia obrante en el folio 111 del Libro Radicador de Correspondencia del Banco Superior. Mediante certificación expedida el 7 de febrero de 2003, laGerente Regional del Distrito Capital, de Adpostal, y dos funcionarios más, certificaron erróneamente que el certificado No. 800499, número de radicado 213, correspondiente a la Liquidación Oficial de Revisión No.310642002000213, fue entregado el 19 de diciembre de 2002.
4. En oficio del 10 de febrero de 2003, el Director General de la Administración Postal Nacional, reconoce a la Direcciónde Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, que en el correo certificado 800499 venía la Liquidación Oficial de Revisión No. 310642002000213, y que por un cambio de cartero del sector, quien incumplió sus funciones, se perdió la planilla y el acuse de recibo del correo certificado.
5. Teniendo en cuenta el contenido de la certificación del 7 de febrero de 2003 de ADPOSTAL, la Dirección deImpuestos y Aduanas Nacionales tuvo por notificado a BANSUPERIOR de la liquidación oficial de revisión No. 310642002000213. Y por dicha razón, la sociedad demandante solamente pudo transar con la DIAN, el 30 de julio de 2003, suscribiendo acta de terminación por mutuo acuerdo del proceso administrativo tributario, el mayor valor del impuesto de renta discutido, en un 25%, por cuanto para haber transadoen un 50%, tenía, de conformidad con el literal a del artículo 99 de la Ley 788 de 2002, no haber sido notificado de dicha liquidación oficial.

Pretensiones:
- Declaración de responsabilidad en cabeza de ADPOSTAL por los perjuicios sufridos por el BANSUPERIOR S.A. como consecuencia de los hechos y omisiones de la demandada, en el trámite de notificación de la liquidación oficial de...
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