ADUANA MARITIMA1
INTENDENCIA DE ADUANA MARÍTIMA DEL CALLAO
Avenida Guardia Chalaca Nº 149 Callao
NOTIFICACIÓN DE EMBARGO EN FORMA DE RETENCIÓN
LaSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria – Intendencia de Aduana Marítima del Callao, a través de la Ejecutoría Coactiva, de conformidad con lo dispuesto en el inciso e) del Artículo 104° del TextoÚnico Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF modificado por Ley N° 27256 y Decreto Legislativo N° 953, concordado con el Artículo 8° del Reglamento del Procedimientode Cobranza Coactiva aprobado con Resolución de Superintendencia N° 216-2004-SUNAT cumple con NOTIFICAR EL EMBARGO EN FORMA DE RETENCION, a los deudores que a continuación se detallan: “Que, nohabiendo los deudores tributarios cumplido con cancelar la deuda tributaria materia del presente procedimiento, la cual incluye los intereses moratorios que se devenguen hasta la cancelación de aquella, lascostas procesales y los gastos administrativos; y haciéndose efectivo el apercibimiento notificado, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º del Texto Único Ordenado del Código Tributario,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias y el Artículo 20º del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº216-2004-SUNAT, trábese EMBARGO EN FORMA DE RETENCIÓN en contra de los deudores tributarios y hasta por las sumas detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución coactiva, sobrelos fondos, los valores a la orden, valores al portador, custodia, cuentas, créditos, depósitos y bienes que tenga o pudiera tener los deudores tributarios en posesión de los bancos o las entidadesfinancieras, en sus oficinas principales, sus sucursales y sus agencias a nivel nacional, en moneda nacional o en moneda extranjera, notificándose a los representantes legales de dichas instituciones...
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