Aduana
Definición
Los diferentes destinos específicos a los que quedan sujetas las mercancías que se encuentran bajo potestad aduanera de acuerdo con los términos de la declaración presentada por el interesado.
En materia de otros regímenes especiales.-
a) Cobro ilegal de intereses moratorios.- Conforme al artículo 30, cuando en una admisión temporal no se produzcaoportunamente la reexportación, “se considerará que la exigibilidad del pago de los impuestos y otros recargos o impuestos adicionales causados, es a la fecha de llegada de las mercancías, en consecuencia, surgirá la obligación de pagar intereses moratorios por todo el lapso transcurrido hasta la fecha de pago o de ejecución de la garantía constituida”. Esta disposición, reiterada en el artículo 37, haolvidado que en las admisiones temporales la mera llegada de las mercancías a zona primaria aduanera no hace surgir obligación de pago de derechos arancelarios o recargos: el consignatario simplemente debe garantizarlos, pues mientras tanto no está obligado a pago alguno de tales derechos o recargos. Ello imposibilita por completo que incurra en mora y, por consiguiente, mal podría estar obligado apagar intereses moratorios. (Para estar obligado a este pago de intereses debe existir una previa planilla de liquidación o autoliquidación con carácter de “pagable” que no haya sido cancelada oportunamente, lo que no concurre al inicio de las operaciones de admisión temporal). A nuestro entender, la norma bajo análisis consagró una categoría de “intereses compensatorios”, tal como la que existía enel Código Orgánico Tributario de 1994 (Parágrafo Único del artículo 59) y que fuera anulada por la antigua Corte Suprema de Justicia.
b) Relajamiento de normas de orden público mediante convenios particulares. Este relajamiento quedó consagrado en los artículos 36 y 54, cuando se permitió a los beneficiarios de admisiones temporales ceder las mercancías a cesionarios que “quedarán subrogados entodos los derechos y obligaciones que se deriven de la operación”. Esto significa que el obligado ya no necesariamente será el consignatario aceptante, sino un tercero, lo cual viola abiertamente lo establecido en el segundo párrafo del artículo 30 de la Ley vigente (artículo 24 de la Ley modificada).
c) Posibilidad ilícita de admisiones y extracciones temporales para insumos.- El artículo 95de la Ley exigió que las mercancías respectivas han de ser susceptibles de identificación o individualización. Esta norma explicó ciertas disposiciones del Reglamento como sus artículos 33 y 39, donde se exige que los productos ostenten marcas, números de serie u otras señales o formas que permitan identificarlas en el acto de reconocimiento. Pero la misma regulación no prevaleció en cuanto altráfico de perfeccionamiento, pues el artículo 42 abrió la posibilidad del régimen para insumos, materias primas, partes y piezas, violándose así la identificada norma legal. Quedó así consagrada una ya famosa “maquila” que, en lugar de accionar bajo un régimen de depósito aduanero o de puerto, zona o almacén libre o franco, es decir, bajo esquemas mínimos de seguridad fiscal, está operando bajo unrégimen de admisión temporal, propiciando así todo tipo de contrabando y fraude aduanero y significando la decadencia de ciertas instituciones del país llamadas primordialmente a desarrollar dicha maquila.
d) Consagración de autorización injustificada para nacionalizar.- Cuando el interesado no pueda o no quiera reexportar, posee la opción de nacionalizar para, entre otras cosas, finiquitar lagarantía prestada y evitar que le sea aplicada la multa prevista en la Ley. Se trata de una decisión que debe depender de la exclusiva voluntad del consignatario aceptante, limitándose la administración a exigir el cumplimiento de los requisitos necesarios para que la nacionalización se produzca lícitamente, tal como ocurriría con cualquier otra importación ordinaria. Sin embargo, el artículo 37...
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