Aduanas
1. Presenten ante el mecanismo de selección automatizado, los pedimentos con clave V7 conforme al Apéndice 2 delAnexo 22 de la presente Resolución, que amparen la exportación virtual a nombre del proveedor residente en territorio nacional y el de importación temporal virtual a nombre de la empresa con ProgramaIMMEX que adquiere las mercancías, sin que se requiera la presentación física de las mismas. Los pedimentos que amparen la exportación y la importación temporal virtual a que se refiere el presentepárrafo, podrán ser presentados en aduanas distintas.
En dichos pedimentos se deberá indicar en el bloque de identificadores la clave V7 conforme al Apéndice 8, del Anexo 22 de la presenteResolución; en el pedimento que ampare la exportación el número de registro del programa de la empresa con Programa IMMEX que adquiere las mercancías y en el pedimento que ampare la importación temporal elnúmero de registro como proveedor de insumos del sector azucarero del proveedor residente en territorio nacional que enajena las mercancías.
Para los efectos del párrafo anterior, el pedimento deimportación temporal deberá presentarse ante el mecanismo de selección automatizado el día en que se efectúe la transferencia de las mercancías y el pedimento que ampare la exportación podrá ser...
Regístrate para leer el documento completo.