Afp fondo de pensiones
ANTECEDENTES
CAPÍTULO V
ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES (AFP)
ARTÍCULO 27º ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES (AFP). La administración y el otorgamiento de las prestaciones de jubilación, invalidez, muerte, gastos funerarios y riesgos profesionales del seguro social obligatorio de largo plazo y la administración de los beneficios de lacapitalización son responsabilidad de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
ARTÍCULO 28º OTORGAMIENTO DE LICENCIA. La licencia que autoriza a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a realizar sus actividades, será otorgada por la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros mediante licitación pública.
ARTÍCULO 29º REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE LICENCIA. Pararealizar las actividades de Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que establece la presente ley, se deberán cumplir con los siguientes requisitos previos:
a) Tener personalidad jurídica reconocida en la República de Bolivia, como sociedad anónima, de conformidad al Código de Comercio.
b) Tener objeto social único, de conformidad al artículo 30 de la presente ley.
c) Constituir ymantener íntegramente pagado el capital mínimo de un millón de derechos especiales de giro (1.000.000 DEG), representado por acciones nominativas.
d) Tener establecida la infraestructura necesaria para la realización de sus actividades.
e) Cumplir con otros requisitos que se establezcan por reglamento.
ARTÍCULO 30º OBJETO SOCIAL ÚNICO. La Administradora de Fondos de Pensiones (AFP)deberá tener objeto social único consistente en:
a) Administrar y representar los fondos de pensiones.
b) Cumplir con las prestaciones y servicios establecidos en la presente ley y sus reglamentos.
c) Contratar los servicios necesarios para la realización de sus actividades.
d) Poder invertir sus propios recursos en entidades que presten servicios de custodia de títulos - valores, desistemas computarizados, de procesamiento de planillas, de recaudaciones, de cobro de mora y de pago de prestaciones del seguro social obligatorio de largo plazo.
e) (Párrafo modificado por el Art. 67 A1.4 de la Ley 1864 de PCP con el siguiente nuevo texto) Poder ofertar a los afiliados y Derechohabientes, mensualidades vitalicias variables cuyas características y forma de pago seránreglamentadas por el Poder Ejecutivo.
f) (Añadido por el Art. 67 A1.5 de la Ley 1864 de PCP). Poder recaudar y administrar cualquier aporte patronal, laboral y voluntario de acuerdo a reglamento emitido por el Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 31º OBLIGACIONES DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES (AFP). Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán cumplir con las siguientesobligaciones:
a) Prestar sus servicios a los Afiliados o a quienes tengan derecho a ser Afiliados, sin discriminación.
b) Administrar portafolios de inversiones compuestos por los recursos de los fondos de pensiones, de acuerdo a la presente ley y sus reglamentos.
c) Otorgar los servicios relacionados con Mensualidades Vitalicias Variables.
d) Cobrar las cotizaciones y primasdevengadas, más los intereses que no hubieren sido pagados a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) por el empleador, sin otorgar condonaciones.
e) Representar a los Afiliados ante las entidades aseguradoras y autoridades competentes, con relación a las prestaciones de invalidez, muerte y riesgo profesional.
f) Mantener separados el patrimonio y los registros contables de laAdministradora de Fondos de Pensiones (AFP) y de los fondos de pensiones.
g) Cumplir con las disposiciones referentes a límites de inversión y clasificación de riesgos.
h) Valorar diariamente las cuotas del fondo de capitalización individual que administren.
i) Comunicar periódicamente a los Afiliados el estado de sus cuentas.
j) Contratar los servicios necesarios para determinar si la muerte...
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