Agencia oficiosa

Páginas: 7 (1633 palabras) Publicado: 25 de marzo de 2011
AGENCIA OFICIOSA PROCESAL - Solo procede para promover demanda no para contestarla / CONTESTACION DE LA DEMANDA - Requiere poder y no admite agencia oficiosa procesal

El artículo 47 del C. de P. C., aplicable a los procesos contencioso administrativos en virtud de la remisión prevista en el artículo 267 del C.C.A. dispone lo siguiente: (…). La figura de la agencia oficiosa procesal sólo seencuentra prevista “para promover demanda a nombre de persona de quien no se tenga poder”, supuesto que no es en manera alguna el que se configura en el asunto sub examine en el que se pretende hacer uso de la misma para contestar la demanda en nombre de una sociedad que fue citada al proceso de la referencia como tercera con interés en el resultado del mismo, dada su condición de titular delregistro de la marca cuya nulidad se pretende. Ahora bien, debe tenerse en cuenta que de acuerdo con el artículo 92 del C.P.C. “... A la contestación de la demanda deberá acompañarse el poder de quien la suscriba a nombre del demandado y las pruebas de que trata el numeral 6º del artículo 77 ...”, y que conforme a lo señalado en el artículo 144 del C.C.A. “Durante el término de fijación en lista eldemandado podrá contestar la demanda mediante escrito que contendrá: El nombre del demandado, su domicilio y residencia y los de su representante o apoderado ...”, de lo que se deduce que se requiere poder para contestar la demanda otorgado conforme lo disponen las normas procesales; como en el presente asunto no se presentó poder para contestar la demanda, y no es procedente la agencia oficiosa paratales fines, la consecuencia procesal necesaria era no tener por contestada la demanda por parte de Industrias Normandy S.A., sin que fuera pertinente conceder un término para que se corrigiera el defecto de la contestación, por no preverlo así la ley.

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

Consejero ponente: RAFAEL E. OSTAU DE LAFONT PIANETA

Bogotá,D. C., veintiséis (26) de abril de dos mil siete (2007)

Radicación número: 11001-03-24-000-2005-00144-01

Actor: ALPINA PRODUCTOS ALIMENTICIOS S.A.

Demandado: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Referencia: RECURSO ORDINARIO DE SUPLICA

La Sala decide el recurso ordinario de súplica interpuesto por el apoderado judicial de la sociedad Industrias Normandy S.A., tercera coninterés directo en los resultados del proceso, contra el auto proferido el 15 de noviembre de 2005 por el Consejero Ponente del asunto, doctor Gabriel E. Mendoza Martelo, mediante el cual se tiene por no contestada la demanda por parte de esa sociedad.

I.- Antecedentes

Mediante auto del 15 de julio de 2005 se admitió la demanda de nulidad formulada por la sociedad ALPINA PRODUCTOS ALIMENTICIOS S.A.contra la Resolución núm. 25709 del 14 de agosto de 2002, expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, disponiéndose en esta providencia, entre otros aspectos, notificar la demanda a la sociedad INDUSTRIAS NORMANDY LTDA., a la que tuvo como tercera con interés directo en las resultas del proceso.

El Abogado Alejandro García Urdaneta, invocando la calidad de Agente Oficioso de lacitada sociedad, dio contestación a la demanda mediante escrito visto a folios 223 a 229.
A través del auto suplicado, de fecha 15 de noviembre de 2005, se decide no tener por contestada la demanda por parte de INDUSTRIAS NORMANDY LTDA., tercero con interés directo en las resultas del proceso, por cuanto el Doctor Alejandro García Urdaneta, no allegó poder para tal efecto, y no se le puede tenercomo agente oficioso del tercero, como lo solicita en el escrito de contestación de la demanda, toda vez que dicha figura solo está prevista para promover demandas en nombre de otra persona, conforme al artículo 47 del C.P.C.

En este proveído también se tuvo al doctor CARLOS FERNANDO MORENO GARCÍA como apoderado de la sociedad INDUSTRIAS NORMANDY S.A., tercero con interés directo en las...
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