Agentes de aduanas
Decreto N° 1.666 26 de diciembre de 1.996 RAFAEL CALDERA Presidente de la República
En uso de la facultad que le confiere el ordinal 10° del artículo 190 de la Constitución, en Consejo de Ministros, DECRETA el siguiente REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE ADUANAS SOBRELOS REGÍMENES DE LIBERACIÓN, SUSPENSIÓN Y OTROS REGÍMENES ADUANEROS ESPECIALES TITULO I DE LAS LIBERACIONES DE GRAVAMENES CAPITULO I De las Exenciones SECCIÓN I Del Presidente de la República Artículo 1°: Las mercancías destinadas al uso o consumo del Presidente de la República están exentas de impuestos de importación y tasas aduaneras. La Presidencia de la República, por órgano del Ministerio dela Secretaría de la Presidencia, enviará al Ministerio de Hacienda, Dirección General Sectorial de Aduanas, una relación por triplicado de dichas mercancías, con indicación de su peso bruto en kilogramos y valor CIF. Artículo 2°: En el original de la relación prevista en el artículo anterior, se estampará la constancia de exención y se devolverá al Ministerio de la Secretaría de la Presidencia parasu presentación a la aduana de retiro de las mercancías, sin que se expida planilla de liquidación. El duplicado de dicha relación quedará archivado en la Dirección General Sectorial de Aduanas y el triplicado en la Oficina Aduanera correspondiente. SECCIÓN II De las demás exenciones Artículo 3°: A los efectos de las exenciones previstas en las leyes especiales, los interesados presentarán susolicitud ante la Dirección General Sectorial de Aduanas, acompañada de una relación descriptiva de las correspondientes mercancías, especificando cantidades, pesos y valores CIF.
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Cuando lo considere necesario la Dirección General Sectorial de Aduanas, requerirá al solicitante, un informe donde se certifique que las mercancías relacionadas tanto por su naturaleza, como en las cantidadesrequeridas, se ajustan a los fines para los cuales fue contemplada la exención de gravámenes o de impuestos de importación, en la respectiva ley especial. En estos casos no se expedirá planilla de liquidación siendo el original de la relación, conformado por la Oficina Aduanera correspondiente, la constancia de nacionalización de las mercancías. CAPITULO II De las exoneraciones SECCIÓN I De losEx-Presidentes de la República Artículo 4°: Para la exoneración de los impuestos aduaneros de mercancías destinadas a ExPresidentes Constitucionales de la República, el interesado formulará su solicitud a través del Ministerio de la Secretaría de la Presidencia, el cual enviará al Ministerio de Hacienda, Dirección General Sectorial de Aduanas, una relación descriptiva por triplicado contentiva de losdatos personales del solicitante y las descripciones, cantidades y valores CIF de las mercancías. SECCIÓN II De los organismos del sector público Artículo 5°: Para las exoneraciones contempladas en la letra b) del artículo 89 de la Ley Orgánica de Aduanas, los organismos interesados formalizarán la correspondiente solicitud ante la Dirección General Sectorial de Aduanas, mediante una exposición demotivos refrendada por el funcionario competente, donde se especifique el uso y destino previsto para las mercancías, acompañada de una relación descriptiva por triplicado de las mismas, contentiva de sus descripciones, ubicaciones arancelarias, pesos y valores CIF. SECCIÓN III De los Funcionarios Diplomáticos y del Servicio Exterior Artículo 6°: La solicitud de exoneración de los impuestosaduaneros a que se refiere la letra c) del artículo 89 de la Ley Orgánica de Aduanas, deberá ser formulada por los interesados a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual enviará al Ministerio de Hacienda una relación descriptiva por triplicado que contendrá: a) Nombre y apellidos del solicitante; y b) Especificación de las mercancías e indicación de la oficina aduanera por donde se...
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